Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060430)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata".
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NÚMERO 30
Lunes 13 de febrero de 2023
9649
funcionario de carrera y como laborales fijos o temporales a quienes adquieran la condición
de laboral fijo.
Tercero.
La Carrera P. H. constará de un nivel inicial y otros cuatro consecutivos, a los que se accederá
en función de un número mínimo de años de ejercicio profesional que a continuación se relaciona y previa la correspondiente evaluación:
— Nivel Inicial.
— Nivel I.: Cinco años.
— Nivel II: Doce años.
— Nivel III: Diecinueve años.
— Nivel IV: Veintiséis años.
Cuarto.
Del Inicial, de libre entrada, se podrá pasar a los otros por el siguiente procedimiento:
a. Aquellos que consideren que reúnen el requisito mínimo de trayectoria profesional, requerido para cada uno de los niveles, así como los méritos necesarios, podrán solicitarlo
mediante modelo normalizado.
b. La Comisión contemplada en el apartado siguiente será la encargada de evaluar cada
una de las solicitudes a la vista de la documentación presentada, pudiendo recabar
cuantos informes entienda necesarios para la correcta valoración de los méritos. Así
mismo, podrá requerir al solicitante la aclaración o matización de cuantas dudas pudieran surgir en el procedimiento de evaluación.
En función de todo lo actuado, la Comisión elevará propuesta vinculante relativa al acceso,
o no, al nivel solicitado en el plazo máximo de un mes desde la presentación de la petición,
haciendo constar la fecha de evaluación, que tendrá efecto desde dicha solicitud.
c. El Ayuntamiento, en el plazo de un mes, dictará la resolución correspondiente que será
notificada al interesado y al servicio de Personal.
En caso positivo, emitirá un documento que servirá al afectado para acreditar el nivel de
Carrera alcanzado, así como, en su caso, para la percepción del complemento retributivo
correspondiente a toda su Carrera.
Lunes 13 de febrero de 2023
9649
funcionario de carrera y como laborales fijos o temporales a quienes adquieran la condición
de laboral fijo.
Tercero.
La Carrera P. H. constará de un nivel inicial y otros cuatro consecutivos, a los que se accederá
en función de un número mínimo de años de ejercicio profesional que a continuación se relaciona y previa la correspondiente evaluación:
— Nivel Inicial.
— Nivel I.: Cinco años.
— Nivel II: Doce años.
— Nivel III: Diecinueve años.
— Nivel IV: Veintiséis años.
Cuarto.
Del Inicial, de libre entrada, se podrá pasar a los otros por el siguiente procedimiento:
a. Aquellos que consideren que reúnen el requisito mínimo de trayectoria profesional, requerido para cada uno de los niveles, así como los méritos necesarios, podrán solicitarlo
mediante modelo normalizado.
b. La Comisión contemplada en el apartado siguiente será la encargada de evaluar cada
una de las solicitudes a la vista de la documentación presentada, pudiendo recabar
cuantos informes entienda necesarios para la correcta valoración de los méritos. Así
mismo, podrá requerir al solicitante la aclaración o matización de cuantas dudas pudieran surgir en el procedimiento de evaluación.
En función de todo lo actuado, la Comisión elevará propuesta vinculante relativa al acceso,
o no, al nivel solicitado en el plazo máximo de un mes desde la presentación de la petición,
haciendo constar la fecha de evaluación, que tendrá efecto desde dicha solicitud.
c. El Ayuntamiento, en el plazo de un mes, dictará la resolución correspondiente que será
notificada al interesado y al servicio de Personal.
En caso positivo, emitirá un documento que servirá al afectado para acreditar el nivel de
Carrera alcanzado, así como, en su caso, para la percepción del complemento retributivo
correspondiente a toda su Carrera.