Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060430)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata".
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NÚMERO 30
9646
Lunes 13 de febrero de 2023
ANEXO I
CLASIFICACIÓN, RÉGIMEN RETRIBUTIVO Y CONDICIONES PARTICULARES
DEL PERSONAL TEMPORAL NO RECOGIDO EN LA RPT DEL AYUNTAMIENTO
Las relaciones laborales del personal contratado por el Ayuntamiento de Navalmoral de la
Mata con contratos temporales, bajo cualquiera de sus modalidades y como consecuencia de
la aplicación de Programas o Subprogramas provenientes de fondos o subvenciones de otras
administraciones, así como de la aplicación de Planes de Fomento del Empleo propios, se regirán por lo previsto en el presente Anexo I del Acuerdo-Convenio.
1. G
rupos profesionales.
Los trabajadores acogidos a estas modalidades contractuales se clasificarán en los siguientes grupos profesionales, en función de la titulación o la categoría laboral que se exija en
cada caso:
— Grupo A1: Titulados superiores o asimilados.
— Grupo A2: Titulados medios o asimilados.
— Grupo C1: Encargados generales, capataces, jefes de administración y asimilados. Oficiales administrativos, oficiales de oficios de 1ª, conductores con carnet del grupo C y
asimilados.
— Grupo C2: Auxiliares administrativos, conductores con carnet de los grupos A o B, telefonistas y asimilados.
— Grupo AP: Peones, especialistas, personal de limpieza, mozos y asimilados.
2. Retribuciones.
En atención a las características que definen las contrataciones temporales acogidas a estos Programas o Planes son las siguientes:
— Grupo A - Subgrupo A1: 1.850,00 €.
— Grupo A - Subgrupo A2: 1.650,00 €.
— Grupo C - Subgrupo C1: 1.450,00 €.
— Grupo C - Subgrupo C2: 1.250,00 €.
— Grupo AP - Sin subgrupos AP: 1.050,00 €.
9646
Lunes 13 de febrero de 2023
ANEXO I
CLASIFICACIÓN, RÉGIMEN RETRIBUTIVO Y CONDICIONES PARTICULARES
DEL PERSONAL TEMPORAL NO RECOGIDO EN LA RPT DEL AYUNTAMIENTO
Las relaciones laborales del personal contratado por el Ayuntamiento de Navalmoral de la
Mata con contratos temporales, bajo cualquiera de sus modalidades y como consecuencia de
la aplicación de Programas o Subprogramas provenientes de fondos o subvenciones de otras
administraciones, así como de la aplicación de Planes de Fomento del Empleo propios, se regirán por lo previsto en el presente Anexo I del Acuerdo-Convenio.
1. G
rupos profesionales.
Los trabajadores acogidos a estas modalidades contractuales se clasificarán en los siguientes grupos profesionales, en función de la titulación o la categoría laboral que se exija en
cada caso:
— Grupo A1: Titulados superiores o asimilados.
— Grupo A2: Titulados medios o asimilados.
— Grupo C1: Encargados generales, capataces, jefes de administración y asimilados. Oficiales administrativos, oficiales de oficios de 1ª, conductores con carnet del grupo C y
asimilados.
— Grupo C2: Auxiliares administrativos, conductores con carnet de los grupos A o B, telefonistas y asimilados.
— Grupo AP: Peones, especialistas, personal de limpieza, mozos y asimilados.
2. Retribuciones.
En atención a las características que definen las contrataciones temporales acogidas a estos Programas o Planes son las siguientes:
— Grupo A - Subgrupo A1: 1.850,00 €.
— Grupo A - Subgrupo A2: 1.650,00 €.
— Grupo C - Subgrupo C1: 1.450,00 €.
— Grupo C - Subgrupo C2: 1.250,00 €.
— Grupo AP - Sin subgrupos AP: 1.050,00 €.