Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060430)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata".
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NÚMERO 30
Lunes 13 de febrero de 2023
9608
Ambas partes se reconocen mutuamente legitimadas para negociarlo en los términos indicados en el artículo 33 TREBEP.
Artículo 2. Ámbito personal y funcional.
Regulará las condiciones de trabajo entre el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata y los
empleados públicos al servicio directo de la Corporación.
El personal cuyo contrato tenga una duración igual o superior a 6 meses, se regirá por el anexo
I del presente en cuanto a jornada laboral, horarios, vacaciones, permisos, licencias, justificación de ausencias, grupos profesionales, régimen retributivo y demás condiciones laborales
se refiere, así como por lo contemplado en sus contratos de trabajo y por la legislación laboral
vigente. Siendo el efecto del 1 de enero de 2022, para las contrataciones que se efectúen con
posterioridad a esa fecha, a excepción del personal que se contrate al amparo de subvenciones
de mayor cuantía, que sean más mejoradas a las del Anexo I en cuanto a sus retribuciones.
El ámbito funcional estará determinado por la totalidad de los servicios, actividades y competencias que ejerza este Ayuntamiento por disposición normativa o por voluntad de los órganos
de Gobierno del mismo, en aplicación de lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Bases de
Régimen Local y demás disposiciones de aplicación.
Los acuerdos, disposiciones, resoluciones y normas municipales, en tanto no contradigan lo
establecido en el presente Acuerdo-Convenio, serán de aplicación a los empleados públicos
municipales en lo que les sea más favorable.
Artículo 3. Ámbito territorial y temporal.
1. El ámbito territorial abarcará el que corresponda al ejercicio de las competencias legalmente atribuidas al Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
2. Entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022, independientemente de su aprobación por
el Pleno Corporativo, de su fecha de homologación e inscripción por la autoridad competente, permaneciendo vigente hasta el final del actual mandato gubernativo.
3. S
erá de aplicación en todos los Centros de trabajo dependientes de este Ayuntamiento.
Artículo 4. Denuncia.
1. E
ste acuerdo-convenio tendrá una duración de tres años desde la fecha 01 de enero de
2022. Una vez se constituya la nueva mesa y en un plazo posterior no superior a cuatro
meses, las partes acordarán expresamente su prórroga o su renegociación, constituyéndose en este caso la Comisión Negociadora a tal fin.
Lunes 13 de febrero de 2023
9608
Ambas partes se reconocen mutuamente legitimadas para negociarlo en los términos indicados en el artículo 33 TREBEP.
Artículo 2. Ámbito personal y funcional.
Regulará las condiciones de trabajo entre el Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata y los
empleados públicos al servicio directo de la Corporación.
El personal cuyo contrato tenga una duración igual o superior a 6 meses, se regirá por el anexo
I del presente en cuanto a jornada laboral, horarios, vacaciones, permisos, licencias, justificación de ausencias, grupos profesionales, régimen retributivo y demás condiciones laborales
se refiere, así como por lo contemplado en sus contratos de trabajo y por la legislación laboral
vigente. Siendo el efecto del 1 de enero de 2022, para las contrataciones que se efectúen con
posterioridad a esa fecha, a excepción del personal que se contrate al amparo de subvenciones
de mayor cuantía, que sean más mejoradas a las del Anexo I en cuanto a sus retribuciones.
El ámbito funcional estará determinado por la totalidad de los servicios, actividades y competencias que ejerza este Ayuntamiento por disposición normativa o por voluntad de los órganos
de Gobierno del mismo, en aplicación de lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Bases de
Régimen Local y demás disposiciones de aplicación.
Los acuerdos, disposiciones, resoluciones y normas municipales, en tanto no contradigan lo
establecido en el presente Acuerdo-Convenio, serán de aplicación a los empleados públicos
municipales en lo que les sea más favorable.
Artículo 3. Ámbito territorial y temporal.
1. El ámbito territorial abarcará el que corresponda al ejercicio de las competencias legalmente atribuidas al Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
2. Entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2022, independientemente de su aprobación por
el Pleno Corporativo, de su fecha de homologación e inscripción por la autoridad competente, permaneciendo vigente hasta el final del actual mandato gubernativo.
3. S
erá de aplicación en todos los Centros de trabajo dependientes de este Ayuntamiento.
Artículo 4. Denuncia.
1. E
ste acuerdo-convenio tendrá una duración de tres años desde la fecha 01 de enero de
2022. Una vez se constituya la nueva mesa y en un plazo posterior no superior a cuatro
meses, las partes acordarán expresamente su prórroga o su renegociación, constituyéndose en este caso la Comisión Negociadora a tal fin.