Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060430)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata".
74 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 30

9631

Lunes 13 de febrero de 2023

Artículo 20. Ayudas sociales.
Tendrán derecho a las prestaciones complementarias recogidas en éste artículo los empleados
públicos cuyos puestos de trabajo vengan recogidos en la RPT.
1. P
 or nupcialidad: Se establece la cantidad de 300 euros. Cuando ambos contrayentes sean
empleados del Ayuntamiento, la cuantía será de 175 euros para cada uno.
2. Por natalidad: 150 euros por hijo.
3. Seguro colectivo. El Ayuntamiento queda obligado a concertar un seguro colectivo de vida a
todos sus empleados públicos que estén incluidos en la relación de puestos de trabajo que cubra
los riesgos de muerte, invalidez permanente, en la cuantía de 30.000,00 €, descontando IRPF.
a) Muerte: 30.000,00 €, descontando IRPF.
b) Invalidez Permanente en grado de gran invalidez, absoluta o total: 30.000,00 €, descontando IRPF.
El Ayuntamiento se comprometerá a completar la cuantía que la aseguradora esté dispuesta a contratar finalmente.
4. Anticipos. Los empleados públicos municipales, incluidos en la Relación de puestos de trabajo, podrán solicitarlos hasta la cuantía de dos nóminas como máximo, con plazo límite
de devolución de 12 meses, salvo caso de justificada y razonada necesidad, que una vez
apreciadas podrá elevar la cuantía del anticipo hasta un máximo de 4.000 euros y devolución hasta en 24 meses.
En circunstancias excepcionales, se podrán pedir cantidades superiores a las devengadas, pudiendo, igualmente, el Ayuntamiento acceder a dicha petición y estableciendo las
condiciones de su devolución. Será competencia de la Comisión Paritaria el estudio y la
resolución de estas peticiones.
Ningún trabajador podrá solicitar anticipo hasta no haber liquidado el anterior.
5. Asistencia Jurídica: La Corporación garantizará la asistencia jurídica a los empleados que
la soliciten y la precisen por razones de conflictos derivados de la prestación del Servicio.
6. Jubilación anticipada: Se podrá acceder a ella a partir de dos años de su edad legal de jubilación
conforme a la edad con una indemnización, siempre y cuando el empleado público esté incluido
en la relación de puestos de trabajo y tenga una antigüedad mínima de 5 años en el puesto de:
6.1. Dos años de su edad legal de jubilación
6.2. Por adelanto en un año

11.300 €.
5.700 €.