Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060430)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata".
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NÚMERO 30
Lunes 13 de febrero de 2023

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horas y, por ello, obligue a realizar la cena fuera de la residencia habitual, se hará constar en la Orden de comisión, abonándose adicionalmente el importe, en un 50 por 100,
de la correspondiente dieta de manutención, previa justificación con factura o recibo del
correspondiente establecimiento.
d) Las cuantías serán las recogidas en los anexos II y III del Real Decreto 462/2022, de
24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
e) E
 l Ayuntamiento abonará, tras la justificación del gasto con los documentos que exige
la normativa aplicable al caso, los gastos de viaje u otros que por las labores propias de
su cargo el empleado público haya realizado a su cargo.
2. G
 astos de desplazamiento:
a) Es la cantidad que se abonará al empleado por los gastos que se le ocasionen en la utilización de cualquier medio de transporte por razón del servicio encomendado fuera de
la localidad.
b) La cuantía de ello en líneas regulares de transportes aéreos, marítimos o terrestres
supondrá, en su caso, el abono del billete o pasaje utilizado.
El importe de indemnización a percibir en desplazamiento por uso de su vehículo particular, cuando, voluntariamente, él lo utilice y el Ayuntamiento lo autorice, será de 0.19 €/
kilómetro.
3. E
 l abono de las cantidades correspondientes se abonarán una vez haya sido justificado el
gasto con los documentos exige la normativa aplicable al caso.
4. Indemnizaciones por asistencia a tribunales de pruebas selectivas y comisiones de selección de personal con cuantías según lo determina la normativa para las pruebas de selección según el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del
servicio.
Los vocales de los Tribunales se elegirán por sorteo sin perjuicio de que las personas seleccionadas deban poseer la capacitación, competencia y preparación adecuadas.
5. P
 or la asistencia a citación judicial, fuera de la jornada laboral, se abonarán 100,00 € previa
citación, requerimiento oficial y por motivos del Servicio.
En todo lo no regulado en el presente artículo será de aplicación la normativa para tales
indemnizaciones respecto a los/as empleados/as.