Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060430)
Resolución de 2 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo de los empleados públicos al servicio del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata".
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NÚMERO 30
Lunes 13 de febrero de 2023
9619
— Primer grado: Padre, madre e hijo/a, cónyuge o pareja debidamente inscrita.
— Segundo grado: Abuelo/a, hermano/a y nieto/a.
— Tercer grado: Bisabuelo/a, tío/a, sobrino/a y biznieto/a.
— Cuarto grado: Primo/a hermano/a.
4. U
n día hábil por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario
(previa justificación médica), de parientes hasta el primer grado y tres si el hecho se produjera en localidad distinta al Centro de trabajo. Se estudiará la excepcionalidad de cada
situación en caso de necesitar más días o por prescripción médica, siendo el máximo lo
reflejado en el punto 1 y máximo 3 días.
Cuando, de conformidad con lo dispuesto en los apartados anteriores, se tenga derecho
al permiso por accidente o enfermedad grave por hospitalización de un familiar, el inicio
del mismo será determinado por el empleado municipal y su disfrute se realizará de forma
continuada o alterna, dentro de un periodo máximo de quince días hábiles, hasta completar los días que pudieran corresponderle.
En caso de fallecimiento, el inicio del permiso se computará desde el primer día hábil en
que se produzca el hecho causante, de forma continuada y sin interrupción hasta completar los días que puedan corresponderle.
Cuando se realice la jornada laboral intensiva, su usufructo se producirá con posterioridad
a la realización de ésta, iniciándose el cómputo a partir del día siguiente a aquel en que se
produzca el hecho causante.
5. P
or traslado de domicilio, sin cambio de residencia, dos días, con justificación del padrón.
6. P
ara realizar funciones sindicales o de representación del personal, en los términos que se
determinen en el artículo 23.
7. P
ara concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, durante los días
de su celebración. Asimismo, para la realización de estudios de perfeccionamiento profesional, si están directamente relacionados con la función o puesto que desempeña, se podrán
conceder por el tiempo de duración del curso, siempre que no exceda del correspondiente
a un curso académico. Este permiso no implicará reducción en sus retribuciones y tendrá
derecho a las dietas correspondientes.
8. P
ara la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto por las empleadas embarazadas.
Lunes 13 de febrero de 2023
9619
— Primer grado: Padre, madre e hijo/a, cónyuge o pareja debidamente inscrita.
— Segundo grado: Abuelo/a, hermano/a y nieto/a.
— Tercer grado: Bisabuelo/a, tío/a, sobrino/a y biznieto/a.
— Cuarto grado: Primo/a hermano/a.
4. U
n día hábil por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario
(previa justificación médica), de parientes hasta el primer grado y tres si el hecho se produjera en localidad distinta al Centro de trabajo. Se estudiará la excepcionalidad de cada
situación en caso de necesitar más días o por prescripción médica, siendo el máximo lo
reflejado en el punto 1 y máximo 3 días.
Cuando, de conformidad con lo dispuesto en los apartados anteriores, se tenga derecho
al permiso por accidente o enfermedad grave por hospitalización de un familiar, el inicio
del mismo será determinado por el empleado municipal y su disfrute se realizará de forma
continuada o alterna, dentro de un periodo máximo de quince días hábiles, hasta completar los días que pudieran corresponderle.
En caso de fallecimiento, el inicio del permiso se computará desde el primer día hábil en
que se produzca el hecho causante, de forma continuada y sin interrupción hasta completar los días que puedan corresponderle.
Cuando se realice la jornada laboral intensiva, su usufructo se producirá con posterioridad
a la realización de ésta, iniciándose el cómputo a partir del día siguiente a aquel en que se
produzca el hecho causante.
5. P
or traslado de domicilio, sin cambio de residencia, dos días, con justificación del padrón.
6. P
ara realizar funciones sindicales o de representación del personal, en los términos que se
determinen en el artículo 23.
7. P
ara concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, durante los días
de su celebración. Asimismo, para la realización de estudios de perfeccionamiento profesional, si están directamente relacionados con la función o puesto que desempeña, se podrán
conceder por el tiempo de duración del curso, siempre que no exceda del correspondiente
a un curso académico. Este permiso no implicará reducción en sus retribuciones y tendrá
derecho a las dietas correspondientes.
8. P
ara la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto por las empleadas embarazadas.