Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060344)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura y diversas Entidades Financieras para la formalización de préstamos por los afectados por las inundaciones provocadas por la borrasca Efraín en varios municipios de la Región.
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NÚMERO 27
Miércoles 8 de febrero de 2023



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3. Tipo de interés.

El tipo de interés máximo a aplicar será aquel que resulte de aplicar la Resolución de
la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional por la que se define el
principio de prudencia financiera vigente en el momento de la formalización.
Los intereses de demora no podrán superar el tipo de interés de la operación más un
recargo del 2% anual.


4. Comisiones.

Se aplicará como comisión máxima inicial de apertura el 0,5 % del importe del préstamo, si bien la entidad financiera podrá exigir un porcentaje menor o eximir de tal
comisión. Comisión de estudio exenta.


5. Plazo de solicitud.

Hasta el 30 de abril de 2023.


6. Plazo de formalización.

El plazo máximo para la formalización de préstamos será de 20 días hábiles a partir
de la fecha de solicitud. Dicho plazo podrá ser objeto de ampliación en el supuesto de que el solicitante no haya proporcionado la documentación requerida por la
entidad financiera. No será necesaria la formalización del contrato de préstamo en
documento público.
5.3. Cobertura de los avales.


El aval cubrirá las operaciones fallidas correspondientes a los préstamos garantizados,
entendiéndose como tales las operaciones en que el destinatario final haya incumplido
una obligación de pago durante más de 90 días naturales consecutivos y, habiendo
resultado infructuosas las gestiones para su recobro, se hayan iniciado las acciones
oportunas para su cobro en vía judicial.



Los importes cubiertos por el aval comprenderán el monto de principal e intereses ya
liquidados y vencidos (excluyendo pagos atrasados o intereses de morosidad, honorarios, y otros costos y pagos) adeudados a la entidad financiera, con el límite del 80%
del importe del préstamo.



Con periodicidad trimestral la entidad financiera informará a la Consejería competente
en materia de Hacienda sobre cada uno de los préstamos garantizados con operaciones