Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060344)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura y diversas Entidades Financieras para la formalización de préstamos por los afectados por las inundaciones provocadas por la borrasca Efraín en varios municipios de la Región.
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NÚMERO 27
Miércoles 8 de febrero de 2023
— Nombre del titular del préstamo.
— NIF del titular del préstamo.
— Domicilio del titular del préstamo.
— Fecha de formalización del préstamo.
— Importe del préstamo formalizado.
— Fecha de vencimiento del préstamo.
— Cuadro de amortización.
8897
Asimismo, deberá recabar el consentimiento de los afectados para tratar sus datos y
cederlos a la Junta de Extremadura, mediante cláusula incorporada el efecto en la solicitud de financiación y/o en el contrato que, en su caso, formalice con el solicitante.
5.2. Condiciones especiales de los préstamos avalados.
1. Volumen.
Las entidades financieras participarán en esta línea de préstamos con un importe
máximo de 12.000 euros por unidad familiar o de convivencia económica y 20.000
euros por persona física o jurídica titular de explotaciones agrarias y ganaderas, establecimientos mercantiles industriales o de servicios con domicilio en los municipios
afectados por las inundaciones relacionados en Anexo, que se hayan visto damnificados por las mismas.
2. Duración del préstamo.
Este tipo de préstamos tendrá una duración máxima de 36 meses, con una carencia
de seis meses y se regirá por las siguientes reglas:
a) El préstamo se desembolsará cuando se haya aprobado su concesión por la entidad financiera, una vez se haya formalizado por el solicitante del préstamo la
documentación contractual pertinente.
b) El abono de cualquier ayuda pública recibida por la misma causa objeto de este
Convenio, así como las indemnizaciones de las aseguradoras, si las hubiere, se
destinarán a la cancelación inmediata del mismo aun cuando no hubiese transcurrido el período de duración inicialmente pactado, lo que supondrá la amortización anticipada, sin que proceda el cobro de comisiones por parte de la entidad
financiera.
Miércoles 8 de febrero de 2023
— Nombre del titular del préstamo.
— NIF del titular del préstamo.
— Domicilio del titular del préstamo.
— Fecha de formalización del préstamo.
— Importe del préstamo formalizado.
— Fecha de vencimiento del préstamo.
— Cuadro de amortización.
8897
Asimismo, deberá recabar el consentimiento de los afectados para tratar sus datos y
cederlos a la Junta de Extremadura, mediante cláusula incorporada el efecto en la solicitud de financiación y/o en el contrato que, en su caso, formalice con el solicitante.
5.2. Condiciones especiales de los préstamos avalados.
1. Volumen.
Las entidades financieras participarán en esta línea de préstamos con un importe
máximo de 12.000 euros por unidad familiar o de convivencia económica y 20.000
euros por persona física o jurídica titular de explotaciones agrarias y ganaderas, establecimientos mercantiles industriales o de servicios con domicilio en los municipios
afectados por las inundaciones relacionados en Anexo, que se hayan visto damnificados por las mismas.
2. Duración del préstamo.
Este tipo de préstamos tendrá una duración máxima de 36 meses, con una carencia
de seis meses y se regirá por las siguientes reglas:
a) El préstamo se desembolsará cuando se haya aprobado su concesión por la entidad financiera, una vez se haya formalizado por el solicitante del préstamo la
documentación contractual pertinente.
b) El abono de cualquier ayuda pública recibida por la misma causa objeto de este
Convenio, así como las indemnizaciones de las aseguradoras, si las hubiere, se
destinarán a la cancelación inmediata del mismo aun cuando no hubiese transcurrido el período de duración inicialmente pactado, lo que supondrá la amortización anticipada, sin que proceda el cobro de comisiones por parte de la entidad
financiera.