Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060344)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura y diversas Entidades Financieras para la formalización de préstamos por los afectados por las inundaciones provocadas por la borrasca Efraín en varios municipios de la Región.
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NÚMERO 27
Miércoles 8 de febrero de 2023

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Tercera. Obligaciones de las partes.
1. De las entidades financieras:
a) La formalización de los préstamos quedará supeditada a la aprobación por parte del
departamento de riesgos de cada entidad firmante de este Convenio conforme a sus criterios internos aplicables, pudiendo concederse o denegarse las operaciones libremente
por cada entidad aplicando dichos criterios internos, previo requerimiento del informe
técnico a que hace referencia la estipulación segunda, y sin que sean revisables ni por
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ni por el solicitante o
solicitantes afectados.
b) En el caso de estar interesados en acogerse a la línea específica de avales establecida
en la estipulación quinta, deberán comunicarlo a la Consejería competente en materia
de Hacienda en el plazo de 7 días hábiles desde la firma del Convenio.
2. De la Consejería competente en materia de Hacienda:
a) Coordinar el intercambio de información con las entidades financieras.
b) Realizar los trámites legalmente previstos para garantizar los préstamos formalizados
por las entidades acogidas a la línea específica de avales definida en la estipulación
quinta de este Convenio.
Cuarta. Condiciones genéricas de los préstamos.
Las condiciones de la línea de financiación instrumentada en desarrollo de este Convenio son
las siguientes:
1. Finalidad.
Reponer los muebles y enseres dañados y en su caso acometer las obras necesarias
para desarrollar con normalidad sus actividades privadas y empresariales.
2. Beneficiarios.
Serán aquellos determinados en la estipulación segunda del presente Convenio.
3. Solicitud.
Irá dirigida a la entidad financiera elegida, de entre las firmantes de este Convenio, por
parte de los interesados.