Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060384)
Resolución de 31 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Modificación de características de concesión de aguas superficiales para aumentar la superficie de riego en la finca "Campoameno"", en el término municipal de Oliva de Mérida (Badajoz). Expte.: IA21/0842.
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NÚMERO 26
Martes 7 de febrero de 2023

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territorial de la consulta, ni alguna otra consideración que se pueda aportar referidas a
aspectos ambientales.
5. L
 a Confederación Hidrográfica del Guadiana, a través de la Comisaría de Aguas, remite
informe con fecha 4 de marzo de 2022, respecto a la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los usos permitidos en terrenos de Dominio Público Hidráulico (DPH) y en sus zonas de servidumbre y policía así como a la existencia o
inexistencia de recursos hídricos suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas,
en el que hacen las siguientes indicaciones en el ámbito de sus competencias:


5.1. C
 auces, zona de servidumbre, zona de policía: Por el interior de la zona de riego
discurren el regato de las Miguelas y dos arroyos tributarios del arroyo de la Mora,
que constituyen el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del texto refundido de
la Ley de Aguas (TRLA), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de
julio. Se establecen obligaciones de solicitud de autorizaciones previas para aquellas obras que se realicen en el DPH y sus zonas de servidumbre o policía.



5.2. C
 onsumo de agua: Según los datos obrantes en ese Organismo, la promotora solicitó, con fecha 19/11/2019, la modificación de características de una concesión
de aguas superficiales la cual se tramita con n.º de expediente 3310/2019, para
ampliación de la superficie de riego en 83,70 ha, totalizando 180,72 ha, en los términos municipales de Oliva de Mérida y Palomas (Badajoz). El volumen en tramitación es de 462.809 m3/año, desde una captación en el embalse de Alange (228.000
m3/año) y desde el embalse del arroyo de la Mora (234.809 m3/año), indicándose
que, en cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución
sobre la tramitación de la solicitud de modificación de características de concesión
de aguas superficiales. Incorpora, respecto al consumo de agua, medidas para
controlar los volúmenes de agua captados realmente, que han sido incorporadas a
la presente declaración de impacto ambiental.



5.3. V
 ertidos al DPH: La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los
correspondientes retornos de riego.



5.4. E
 xistencia o inexistencia de recursos suficientes para satisfacer nuevas demandas
hídricas: La Oficina de Planificación Hidrológica (OPH) de ese Organismo de cuenca, con fecha 06/10/2021, informó que, en relación con la solicitud y de acuerdo
con lo indicado en el artículo 108 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico
respecto al procedimiento a seguir para comprobar su previa compatibilidad o incompatibilidad con el Plan Hidrológico de cuenca, esa OPH considera compatible
con el Plan Hidrológico de cuenca la solicitud de modificación de características de