Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023060123)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 25
Lunes 6 de febrero de 2023



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b) Cuando se haya ejecutado la acción formativa, la subvención concedida se
minorará por el importe de los costes no justificados.

3. E
 l procedimiento para declarar la pérdida del derecho al cobro de la subvención y, en su
caso, al reintegro de la misma se regirá por lo dispuesto en el Título III de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, en lo
que no se oponga a dicha Ley, por el Decreto 3/1997, de 9 de enero, de Devolución de
Subvenciones.
4. E
 n el caso de que el importe de la subvención concedida supere el coste de la actividad
subvencionada, procederá la minoración de la cuantía de la subvención y, en su caso,
el reintegro del exceso, con los intereses de demora correspondientes, en los términos
establecidos en la presente resolución.
Vigésimo. Información y publicidad.
1. L
 a presente convocatoria será publicada en el Portal de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, así como en el Portal Electrónico de la Transparencia, de
conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de
Gobierno Abierto de Extremadura.
El extracto de esta convocatoria a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura
junto con la presente resolución, remitiéndose a la Base de Datos Nacional de Subvenciones
a efectos de su oportuna publicidad.
2. L
 as subvenciones concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, en el Portal Electrónico de la Transparencia, conforme al
artículo 11, de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en
el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con expresión del
programa de ayudas, el crédito presupuestario al que se imputan, beneficiario, cantidad
concedida y finalidad de la subvención, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
17 de la ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Por otra parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 b) de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se remitirán a la Base de Datos
Nacional de Subvenciones las subvenciones concedidas, con indicación según cada caso,
de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario,
cantidad concedida y objetivo o finalidad de la subvención con expresión de los distintos
programas o proyectos subvencionados.