Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023060123)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 25
Lunes 6 de febrero de 2023

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g) Incorporar en las actividades de información y en el material que se utilice para la
realización de las acciones subvencionadas el origen de la ayuda, para lo cual deberán
proceder a la identificación de la Junta de Extremadura, Consejería de Educación y
Empleo, SEXPE, conforme a la normativa autonómica aplicable en esta materia.
h) J ustificar las cantidades recibidas de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la
Orden de 29 de agosto de 2022 y la presente resolución.
i) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con
carácter previo al pago de la subvención, que se halla al corriente en las obligaciones
tributarias, frente a la Seguridad Social y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma,
en la forma que se establezca reglamentariamente, y sin perjuicio de la normativa que
sea aplicable a efectos de la presentación telemática de solicitudes y comunicaciones
dirigidas a la Administración y sus organismos o entidades de derecho público.
j) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos
o recursos que financien las actividades subvencionadas, tan pronto como se conozca
y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos
percibidos.
k) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos
debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial
aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros
específicos sean exigidos con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las
facultades de comprobación y control.
l) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
m) No percibir cantidad alguna del alumno/a participante en las acciones formativas.
n) A
 portar los datos y estadísticas de los alumnos participantes que les sean requeridos
por el Servicio de Planificación, Asuntos Generales y Recursos Informáticos del SEXPE.
Decimosexto. Resolución y notificación.
1. L
 a competencia para resolver el procedimiento de concesión de las subvenciones previstas
en esta convocatoria se atribuye, de acuerdo con el artículo 8 de la Orden de 29 de agosto
de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras, a la persona titular de la Dirección
Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo o persona en quien delegue.