Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023060123)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, para el ejercicio 2023.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 25
Lunes 6 de febrero de 2023

8234

5. L
 os solicitantes podrán consultar en todo momento el estado del expediente administrativo
a través de la sede electrónica.
Decimocuarto. Órganos competentes para la ordenación e instrucción del
procedimiento de concesión. Plazo de resolución y notificación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 29 de agosto de 2022, el órgano
competente de la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones
previstas en esta convocatoria es el Servicio de Planificación, Asuntos Generales y Recursos
Informáticos del SEXPE, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la
determinación, conocimiento, evaluación y comprobación de los datos en virtud de los cuales
debe formularse la propuesta de resolución.
Decimoquinto. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
Las entidades beneficiarias de subvenciones para la impartición de los programas formativos
declarados estratégicos, asumirán con carácter general las obligaciones previstas en el artículo
13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y específicamente las siguientes:
a) Cumplir el objetivo, e impartir las acciones formativas de acuerdo con el contenido del
Plan formativo presentado para la calificación estratégica y que fundamenta la concesión
de la subvención.
En el supuesto de que haya variaciones con respecto del plan formativo presentado
inicialmente y que fundamenta la concesión de la subvención, que no suponga una
modificación sustancial de éste, éstas deberán ser comunicadas y autorizadas por el
SEXPE con carácter previo.
b) Aplicar el importe de la subvención a la finalidad para la que se ha concedido.
c) Aportar al SEXPE la información y documentación que le requiera durante la instrucción
del procedimiento de concesión y de justificación de la subvención.
d) Colaborar e informar al SEXPE, cuando sea requerido para ello, del desarrollo y
evolución de la ejecución del plan formativo, las actuaciones realizadas, así como de la
metodología y recursos utilizados.
e) C
 omunicar al SEXPE con antelación suficiente la fecha de inicio de las acciones formativas.
f) Informar al SEXPE sobre la fecha de celebración de cualquier acto, jornada, seminario
o similar, que se lleve a cabo en ejecución del programa formativo subvencionado, a
efectos de la posible participación institucional del SEXPE o de la Consejería de Educación
y Empleo.