Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023060123)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, para el ejercicio 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 25
Lunes 6 de febrero de 2023
8233
a adoptar todas las medidas técnicas y administrativas necesarias para garantizar el
cumplimiento de todas las obligaciones en materia de protección de datos que exige la
citada normativa, en aplicación de su política de protección de datos.
3. L
as personas interesadas pueden ejercitar, si lo desean, los derechos de acceso, rectificación
y supresión de datos, así como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales,
oponerse al mismo, solicitar, en su caso la portabilidad de sus datos, así como a no ser
objeto de una decisión individual basada únicamente en el tratamiento automatizado,
incluida la elaboración de perfiles, de conformidad con la normativa aplicable.
Pueden presentar una reclamación ante el Delegado de Protección de Datos (dpd@juntaex.
es), o bien, ante la Agencia Española de Protección de Datos (https://www.aepd.es/es).
Decimotercero. Comunicaciones entre la Administración y las personas solicitantes.
1. L
as comunicaciones en todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de
concesión de estas ayudas, en su justificación, seguimiento y en los posibles procedimientos
de reintegro que se puedan iniciar, así como en cualquier otro procedimiento a realizar para
la gestión de las ayudas, se realizarán a través de los medios electrónicos habilitados a tal
efecto.
2. L
a notificación de los actos administrativos para la tramitación del procedimiento, de
conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizará
mediante publicación en la sede electrónica del órgano concedente, surtiendo ésta todos los
efectos de notificación practicada mediante comparecencia en sede electrónica de la Junta
de Extremadura de los interesados, entendiéndose practicadas desde el momento en que
se produzca el acceso a su contenido. Complementariamente a la notificación practicada
por el sistema establecido en el párrafo anterior y únicamente con efectos informativos, el
solicitante recibirá un aviso en la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud
de la ayuda, mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo
contenido podrá acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en la web https://
sede.gobex.es/SEDE/.
3. E
xcepcionalmente, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá
realizarse la notificación a través de medios no electrónicos.
4. C
uando la notificación se realice por distintos cauces, se tomará como fecha de notificación
aquélla que se hubiera producido en primer lugar, según lo previsto en el artículo 41.7
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Lunes 6 de febrero de 2023
8233
a adoptar todas las medidas técnicas y administrativas necesarias para garantizar el
cumplimiento de todas las obligaciones en materia de protección de datos que exige la
citada normativa, en aplicación de su política de protección de datos.
3. L
as personas interesadas pueden ejercitar, si lo desean, los derechos de acceso, rectificación
y supresión de datos, así como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales,
oponerse al mismo, solicitar, en su caso la portabilidad de sus datos, así como a no ser
objeto de una decisión individual basada únicamente en el tratamiento automatizado,
incluida la elaboración de perfiles, de conformidad con la normativa aplicable.
Pueden presentar una reclamación ante el Delegado de Protección de Datos (dpd@juntaex.
es), o bien, ante la Agencia Española de Protección de Datos (https://www.aepd.es/es).
Decimotercero. Comunicaciones entre la Administración y las personas solicitantes.
1. L
as comunicaciones en todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de
concesión de estas ayudas, en su justificación, seguimiento y en los posibles procedimientos
de reintegro que se puedan iniciar, así como en cualquier otro procedimiento a realizar para
la gestión de las ayudas, se realizarán a través de los medios electrónicos habilitados a tal
efecto.
2. L
a notificación de los actos administrativos para la tramitación del procedimiento, de
conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizará
mediante publicación en la sede electrónica del órgano concedente, surtiendo ésta todos los
efectos de notificación practicada mediante comparecencia en sede electrónica de la Junta
de Extremadura de los interesados, entendiéndose practicadas desde el momento en que
se produzca el acceso a su contenido. Complementariamente a la notificación practicada
por el sistema establecido en el párrafo anterior y únicamente con efectos informativos, el
solicitante recibirá un aviso en la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud
de la ayuda, mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo
contenido podrá acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en la web https://
sede.gobex.es/SEDE/.
3. E
xcepcionalmente, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá
realizarse la notificación a través de medios no electrónicos.
4. C
uando la notificación se realice por distintos cauces, se tomará como fecha de notificación
aquélla que se hubiera producido en primer lugar, según lo previsto en el artículo 41.7
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.