Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2023060123)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 25
Lunes 6 de febrero de 2023
8231
Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de
presentación de solicitudes:
• Utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en la web http://www.
juntaex.es y en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ junto con los modelos
que deben acompañarse, a través del Registro Electrónico General, de la Sede
electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/
registroGeneral.jsf ), dirigida al SEXPE, Secretaría General de Empleo de la Consejería
de Educación y Empleo, o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
• En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido
por Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de
Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura así como en cualquiera
de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) En todo caso, las personas jurídicas estarán obligadas a presentar su solicitud a través
del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf) o en cualquiera de
los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c) Las personas físicas y las personas jurídicas podrán identificarse y autenticarse
electrónicamente en la sede electrónica corporativa mediante los sistemas de
identificación y autenticación basados en certificado electrónico reconocido emitido
por cualquier entidad emisora admitidos, así como un sistema de firma electrónica
reconocida basados en certificado admitido.
d) Los interesados deberán disponer para la autentificación y para la firma electrónica de
certificado electrónico en vigor.
2. L
as solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos e informaciones establecidos
en la presente convocatoria, salvo que ya se encuentren en poder del órgano gestor o
hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. El órgano gestor podrá consultar
o recabar dichos documentos salvo que el/la interesado/a se oponga a ello.
No obstante, en los supuestos de imposibilidad material de obtener alguno de los documentos
exigidos junto con la solicitud de subvención, el órgano competente podrá requerir al/ a
Lunes 6 de febrero de 2023
8231
Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de
presentación de solicitudes:
• Utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en la web http://www.
juntaex.es y en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ junto con los modelos
que deben acompañarse, a través del Registro Electrónico General, de la Sede
electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/
registroGeneral.jsf ), dirigida al SEXPE, Secretaría General de Empleo de la Consejería
de Educación y Empleo, o en cualquiera de los registros electrónicos previstos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
• En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido
por Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de
Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura así como en cualquiera
de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
b) En todo caso, las personas jurídicas estarán obligadas a presentar su solicitud a través
del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura
(https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf) o en cualquiera de
los registros electrónicos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
c) Las personas físicas y las personas jurídicas podrán identificarse y autenticarse
electrónicamente en la sede electrónica corporativa mediante los sistemas de
identificación y autenticación basados en certificado electrónico reconocido emitido
por cualquier entidad emisora admitidos, así como un sistema de firma electrónica
reconocida basados en certificado admitido.
d) Los interesados deberán disponer para la autentificación y para la firma electrónica de
certificado electrónico en vigor.
2. L
as solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos e informaciones establecidos
en la presente convocatoria, salvo que ya se encuentren en poder del órgano gestor o
hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. El órgano gestor podrá consultar
o recabar dichos documentos salvo que el/la interesado/a se oponga a ello.
No obstante, en los supuestos de imposibilidad material de obtener alguno de los documentos
exigidos junto con la solicitud de subvención, el órgano competente podrá requerir al/ a