Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060283)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de Colaboración Social para la utilización de la Plataforma de Presentación y Pago Telemático de la Junta de Extremadura con el Consejo General de Economistas de España.
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NÚMERO 25
Lunes 6 de febrero de 2023
8144
efectuar el pago telemático en representación de terceras personas, deberán cumplir los siguientes requisitos:
1º Disponer de un certificado que le habilite para utilizar una firma electrónica reconocida
y que permita generar una transacción segura que posibilite la encriptación y cifrado de
las comunicaciones. Asimismo, dicho certificado deberá estar expedido por alguno de
los prestadores de servicios de certificación reconocidos por la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
2º Ostentar y acreditar la representación suficiente de los obligados tributarios en cuyo
nombre actúen en los términos establecidos en el artículo 46 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria.
La Consejería competente en materia de hacienda podrá comprobar, en cualquier momento, la acreditación de la representación con la que actúen.
3º Cumplir los requisitos que para el tratamiento automatizado de datos de carácter personal se exigen en la normativa vigente y, en particular, en la Ley Orgánica 3/2018, de
5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
4º Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones formales y materiales con la
Junta de Extremadura.
5º Sujetarse al resto de condiciones y al procedimiento establecidos en la Orden de 2 de
diciembre de 2010 -modificada por la Orden de 13 de enero de 2021, DOE n.º 16 de 26
de enero de 2021- por la que se regula el procedimiento general para la presentación y
el pago telemático de declaraciones y autoliquidaciones de impuestos gestionados por
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el resto de
normativa aplicable.
Además de los requisitos anteriormente citados, y a efectos de dar cumplimiento a la obligación de aportar documentación anexa que, en su caso, pueda exigirse junto a la declaración
o autoliquidación, cuando los medios técnicos lo permitan, los colegiados ejercientes que
pertenezcan de manera efectiva a los colegios que se integran en el Consejo General de
Economistas de España vendrán obligados a presentar en el Registro Telemático de la Junta
de Extremadura, con su correspondiente certificado digital, dicha documentación. A estos
efectos, la Dirección General competente en materia de hacienda pondrá en conocimiento
del citado colegiado el momento en que deberá remitirse dicha información por la citada vía.
Hasta entonces, deberá presentarse la documentación anexa en el plazo de quince días naturales, a contar desde el día siguiente a la presentación y pago telemático, en el Servicio
Lunes 6 de febrero de 2023
8144
efectuar el pago telemático en representación de terceras personas, deberán cumplir los siguientes requisitos:
1º Disponer de un certificado que le habilite para utilizar una firma electrónica reconocida
y que permita generar una transacción segura que posibilite la encriptación y cifrado de
las comunicaciones. Asimismo, dicho certificado deberá estar expedido por alguno de
los prestadores de servicios de certificación reconocidos por la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
2º Ostentar y acreditar la representación suficiente de los obligados tributarios en cuyo
nombre actúen en los términos establecidos en el artículo 46 de la Ley 58/2003, de 17
de diciembre, General Tributaria.
La Consejería competente en materia de hacienda podrá comprobar, en cualquier momento, la acreditación de la representación con la que actúen.
3º Cumplir los requisitos que para el tratamiento automatizado de datos de carácter personal se exigen en la normativa vigente y, en particular, en la Ley Orgánica 3/2018, de
5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
4º Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones formales y materiales con la
Junta de Extremadura.
5º Sujetarse al resto de condiciones y al procedimiento establecidos en la Orden de 2 de
diciembre de 2010 -modificada por la Orden de 13 de enero de 2021, DOE n.º 16 de 26
de enero de 2021- por la que se regula el procedimiento general para la presentación y
el pago telemático de declaraciones y autoliquidaciones de impuestos gestionados por
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el resto de
normativa aplicable.
Además de los requisitos anteriormente citados, y a efectos de dar cumplimiento a la obligación de aportar documentación anexa que, en su caso, pueda exigirse junto a la declaración
o autoliquidación, cuando los medios técnicos lo permitan, los colegiados ejercientes que
pertenezcan de manera efectiva a los colegios que se integran en el Consejo General de
Economistas de España vendrán obligados a presentar en el Registro Telemático de la Junta
de Extremadura, con su correspondiente certificado digital, dicha documentación. A estos
efectos, la Dirección General competente en materia de hacienda pondrá en conocimiento
del citado colegiado el momento en que deberá remitirse dicha información por la citada vía.
Hasta entonces, deberá presentarse la documentación anexa en el plazo de quince días naturales, a contar desde el día siguiente a la presentación y pago telemático, en el Servicio