Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060283)
Resolución de 23 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de Colaboración Social para la utilización de la Plataforma de Presentación y Pago Telemático de la Junta de Extremadura con el Consejo General de Economistas de España.
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NÚMERO 25
Lunes 6 de febrero de 2023
8143
modelos aprobados por la Orden de 2 de diciembre de 2010 -modificada por la Orden de 13
de enero de 2021, DOE n.º 16 de 26 de enero de 2021- así como a través de los modelos que
posteriormente puedan aprobarse e incorporarse por resolución de la Dirección General competente en materia de hacienda, de conformidad con la Disposición Adicional primera de la
citada Orden. De igual modo, quedarán autorizados a pagar, mediante tramitación telemática,
las deudas tributarias que en su caso puedan resultar de la presentación de las declaraciones
o autoliquidaciones antes indicadas en representación de los obligados tributarios.
Segunda. Requisitos y obligaciones.
Para la presentación telemática de declaraciones y autoliquidaciones, así como para, en su
caso, efectuar la tramitación telemática del pago de las deudas derivadas de las mismas en
representación de terceras personas, los colegiados ejercientes que pertenezcan de manera
efectiva a los Colegios que se integran en el Consejo General de Economistas de España adheridos al presente Convenio deberán estar dados de alta como profesionales en la Plataforma
Telemática de la Junta de Extremadura.
Con la finalidad de mantener un censo actualizado de los presentadores profesionales autorizados para operar como tales, en nombre y representación de terceras personas, en la Plataforma Telemática de la Junta de Extremadura, los Colegios Oficiales adheridos a este acuerdo
vendrán obligados a comunicar, en la dirección de correo electrónico:
portaltributario@juntaex.es cualquier variación de los miembros que lo integren -suspensiones o bajas- tan pronto como se produzcan.
En el supuesto de que un colegiado ejerciente que pertenezca de manera efectiva a los Colegios que se integran en el Consejo General de Economistas de España solicite a la Consejería
de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura la adhesión al presente
Convenio y su Colegio no se encuentre previamente adherido al mismo, no se le podrá dar
acceso en ningún caso, al presente Convenio.
El incumplimiento de las obligaciones señaladas en este punto podrá ser causa de resolución
del presente Acuerdo.
De conformidad con lo establecido en la Orden de 2 de diciembre de 2010 -modificada por la
Orden de 13 de enero de 2021, DOE n.º 16 de 26 de enero de 2021-, que regula el procedimiento general para la presentación y el pago telemático de declaraciones y autoliquidaciones
de impuestos gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
para que los colegiados ejercientes que pertenezcan de manera efectiva a los Colegios que
se integran en el Consejo General de Economistas de España que sean dados de alta en la
Plataforma de Presentación y Pago Telemático puedan realizar la presentación y, en su caso,
Lunes 6 de febrero de 2023
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modelos aprobados por la Orden de 2 de diciembre de 2010 -modificada por la Orden de 13
de enero de 2021, DOE n.º 16 de 26 de enero de 2021- así como a través de los modelos que
posteriormente puedan aprobarse e incorporarse por resolución de la Dirección General competente en materia de hacienda, de conformidad con la Disposición Adicional primera de la
citada Orden. De igual modo, quedarán autorizados a pagar, mediante tramitación telemática,
las deudas tributarias que en su caso puedan resultar de la presentación de las declaraciones
o autoliquidaciones antes indicadas en representación de los obligados tributarios.
Segunda. Requisitos y obligaciones.
Para la presentación telemática de declaraciones y autoliquidaciones, así como para, en su
caso, efectuar la tramitación telemática del pago de las deudas derivadas de las mismas en
representación de terceras personas, los colegiados ejercientes que pertenezcan de manera
efectiva a los Colegios que se integran en el Consejo General de Economistas de España adheridos al presente Convenio deberán estar dados de alta como profesionales en la Plataforma
Telemática de la Junta de Extremadura.
Con la finalidad de mantener un censo actualizado de los presentadores profesionales autorizados para operar como tales, en nombre y representación de terceras personas, en la Plataforma Telemática de la Junta de Extremadura, los Colegios Oficiales adheridos a este acuerdo
vendrán obligados a comunicar, en la dirección de correo electrónico:
portaltributario@juntaex.es cualquier variación de los miembros que lo integren -suspensiones o bajas- tan pronto como se produzcan.
En el supuesto de que un colegiado ejerciente que pertenezca de manera efectiva a los Colegios que se integran en el Consejo General de Economistas de España solicite a la Consejería
de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura la adhesión al presente
Convenio y su Colegio no se encuentre previamente adherido al mismo, no se le podrá dar
acceso en ningún caso, al presente Convenio.
El incumplimiento de las obligaciones señaladas en este punto podrá ser causa de resolución
del presente Acuerdo.
De conformidad con lo establecido en la Orden de 2 de diciembre de 2010 -modificada por la
Orden de 13 de enero de 2021, DOE n.º 16 de 26 de enero de 2021-, que regula el procedimiento general para la presentación y el pago telemático de declaraciones y autoliquidaciones
de impuestos gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
para que los colegiados ejercientes que pertenezcan de manera efectiva a los Colegios que
se integran en el Consejo General de Economistas de España que sean dados de alta en la
Plataforma de Presentación y Pago Telemático puedan realizar la presentación y, en su caso,