Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060339)
Resolución de 26 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación ambiental ordinaria del proyecto de implantación de olivar superintensivo y puesta en riego de 43 ha en la finca Los Enviciados, cuyo promotor es D. Toribio Gragera Paredes, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA21/1647.
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NÚMERO 23
Jueves 2 de febrero de 2023
7867
4. C
on fecha 6 de diciembre de 2022, la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite
informe en cuanto a la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales
o a los usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico (DPH) y en sus
zonas de servidumbre y policía y en relación a la existencia o inexistencia de recursos
suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas, en el que se indican las siguientes
consideraciones en el ámbito de sus competencias:
— Cauces, zona de servidumbre, zona de policía: parte de la superficie de riego, así
como la captación de aguas subterráneas, se ubicarían en zona de policía del arroyo
de Enviciados, el cual constituye el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del
Texto Refundido de la Ley de Aguas. Se establecen obligaciones de solicitud de
autorizaciones previas y limitaciones para aquellas obras que se realicen en el DPH
y sus zonas de servidumbre o policía, todas ellas incorporadas al presente informe
técnico. Además, dado que la captación de aguas se encuentra en zona de policía del
arroyo de Enviciados. Por ello, en el trámite de la concesión de aguas subterráneas
podrá exigirse al peticionario la adopción de normas constructivas en la ejecución
de las captaciones o la presentación de un Estudio Hidrogeológico, suscrito por un
técnico competente.
— Consumo de agua: según la documentación aportada, el proyecto requiere un
volumen de agua que asciende a la cantidad de 65.274 m3/año. Se indica asimismo
que dicho volumen de agua provendrá de un sondeo ubicado en la parcela 3 del
polígono 151 del término municipal de Badajoz. Según los datos obrantes en ese
Organismo, el promotor solicitó, con fecha 23/09/2021, una concesión de aguas
subterráneas, la cual se tramita con n.º de expediente 3019/2021, para riego de
40 ha de cultivo leñoso en la parcela 19 del polígono 234 del término municipal de
Badajoz a partir de una captación de aguas subterráneas ubicada en la parcela 3
del polígono 151 del citado término municipal. Se indica que, en cualquier caso,
se estará a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la
solicitud de concesión de aguas subterráneas. Se incluyen respecto al consumo de
agua, medidas para controlar los volúmenes de agua captados realmente.
— Vertidos al DPH: La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los
correspondientes retornos de riego.
— Existencia o inexistencia de recursos hídricos suficientes para satisfacer nuevas
demandas hídricas: para poder determinar la existencia o no de recursos se notifica
que la captación del recurso se sitúa dentro del Sistema de Explotación Central,
definido en el artículo 2 y el Apéndice 1 de las disposiciones Normativas del vigente
Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana,
Jueves 2 de febrero de 2023
7867
4. C
on fecha 6 de diciembre de 2022, la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite
informe en cuanto a la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales
o a los usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico (DPH) y en sus
zonas de servidumbre y policía y en relación a la existencia o inexistencia de recursos
suficientes para satisfacer nuevas demandas hídricas, en el que se indican las siguientes
consideraciones en el ámbito de sus competencias:
— Cauces, zona de servidumbre, zona de policía: parte de la superficie de riego, así
como la captación de aguas subterráneas, se ubicarían en zona de policía del arroyo
de Enviciados, el cual constituye el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del
Texto Refundido de la Ley de Aguas. Se establecen obligaciones de solicitud de
autorizaciones previas y limitaciones para aquellas obras que se realicen en el DPH
y sus zonas de servidumbre o policía, todas ellas incorporadas al presente informe
técnico. Además, dado que la captación de aguas se encuentra en zona de policía del
arroyo de Enviciados. Por ello, en el trámite de la concesión de aguas subterráneas
podrá exigirse al peticionario la adopción de normas constructivas en la ejecución
de las captaciones o la presentación de un Estudio Hidrogeológico, suscrito por un
técnico competente.
— Consumo de agua: según la documentación aportada, el proyecto requiere un
volumen de agua que asciende a la cantidad de 65.274 m3/año. Se indica asimismo
que dicho volumen de agua provendrá de un sondeo ubicado en la parcela 3 del
polígono 151 del término municipal de Badajoz. Según los datos obrantes en ese
Organismo, el promotor solicitó, con fecha 23/09/2021, una concesión de aguas
subterráneas, la cual se tramita con n.º de expediente 3019/2021, para riego de
40 ha de cultivo leñoso en la parcela 19 del polígono 234 del término municipal de
Badajoz a partir de una captación de aguas subterráneas ubicada en la parcela 3
del polígono 151 del citado término municipal. Se indica que, en cualquier caso,
se estará a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la
solicitud de concesión de aguas subterráneas. Se incluyen respecto al consumo de
agua, medidas para controlar los volúmenes de agua captados realmente.
— Vertidos al DPH: La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado, salvo los
correspondientes retornos de riego.
— Existencia o inexistencia de recursos hídricos suficientes para satisfacer nuevas
demandas hídricas: para poder determinar la existencia o no de recursos se notifica
que la captación del recurso se sitúa dentro del Sistema de Explotación Central,
definido en el artículo 2 y el Apéndice 1 de las disposiciones Normativas del vigente
Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana,