Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060180)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad de Granada y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas académicas externas.
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NÚMERO 22
Miércoles 1 de febrero de 2023

7523

— No acoger a estudiantes con los que tenga algún tipo de vinculación o relación laboral,
contractual o estatutaria, salvo autorización expresa del responsable de prácticas del
centro, para las prácticas curriculares, o del Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad, para las prácticas extracurriculares.
— Cumplir las normas vigentes en todo lo relativo a la prevención de riesgos laborales e
informar a los/las estudiantes en prácticas de las mismas.
— Comunicar a la Universidad, previamente a la incorporación de los/las estudiantes en
prácticas, la ubicación en los distintos departamentos de la entidad y el horario de permanencia en la misma, con el fin de que la Universidad ponga en conocimiento de la
autoridad laboral competente el inicio y duración de la práctica.
— Designar un tutor o tutora de prácticas, que deberá ser una persona vinculada al centro
de la Consejería donde se lleven a cabo las prácticas, con experiencia profesional y con
los conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva. Ésta asignará las funciones a realizar por los/las estudiantes durante el desarrollo de las mismas, asistiéndoles
en lo que fuere preciso y evaluando su aprovechamiento.
— Comunicar las faltas de asistencia, disciplina y cualesquiera otras que, a criterio del tutor o tutora de prácticas, puedan cometer los/las estudiantes durante el tiempo de realización de las mismas, lo que podría conllevar la suspensión del disfrute de la práctica.
— Comunicar las renuncias que puedan producirse antes de haberse cumplido el período
de vigencia de las prácticas y la fecha exacta de dicha renuncia o incomparecencia.
— Facilitar el acceso a la entidad al tutor o tutora académicos, para el cumplimiento de los
fines propios de su función.
— Emitir al o a la estudiante documento acreditativo con la descripción de la práctica especificando su duración, fechas de realización y actividades realizadas.
— Emitir el informe final, según modelo facilitado por la Universidad.
Sexta. Obligaciones de la Universidad.
La Universidad estará obligada a:
— Facilitar al centro de prácticas de la Consejería el Proyecto Formativo correspondiente y
seleccionar a los estudiantes que intervendrán en las prácticas curriculares.
— Designar al tutor o tutora académicos, que actuará de forma coordinada con los profesionales del centro de prácticas de la Consejería.