Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060180)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad de Granada y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas académicas externas.
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NÚMERO 22
Miércoles 1 de febrero de 2023

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— Comunicar a la persona seleccionada la concesión de la práctica para que firme el documento de aceptación y el documento Anexo correspondiente al Proyecto formativo.
— Garantizar que todos los/las estudiantes seleccionados estén cubiertos por un seguro de
responsabilidad civil y, en su caso, por un seguro de accidentes.
— Remitir a la autoridad laboral correspondiente comunicación de los/las estudiantes que
están realizando prácticas formativas.
— A petición del tutor o tutora de la Consejería, expedir un documento acreditativo de la
colaboración prestada.
Séptima. Derechos y obligaciones del alumnado.
Durante el periodo de prácticas, el alumnado será titular de los derechos y obligaciones recogidos en el art. 9 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios, estando igualmente sometidos a las
estipulaciones del presente convenio y al régimen de funcionamiento del centro dependiente
de la Consejería donde se lleven a cabo las prácticas.
Los/las estudiantes tendrán, entre otros, los siguientes derechos:
— A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un profesor de la universidad y por un profesional que preste servicios en el centro de prácticas
de la Consejería donde se realice la misma.
— A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la legislación reguladora de la materia.
— A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación,
previa comunicación con antelación suficiente al centro de prácticas de la Consejería
donde se realice la práctica.
— A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas
con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de discapacidad.
— Cualquier otro derecho previsto en la normativa vigente.
Asimismo, los/las estudiantes tendrán, entre otros, los siguientes deberes:
— Incorporarse al centro de prácticas de la Consejería en la fecha acordada, cumplir el
horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.