Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060324)
Resolución de 26 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa a la modificación puntual n.º 3 del Proyecto de Interés Regional (PIR) Parque de Desarrollo Industrial Norte de Extremadura, en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres). Expte.:IA22/0651.
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NÚMERO 21
Martes 31 de enero de 2023

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de su itinerario para el tránsito ganadero y los demás usos compatibles y
complementarios, sin discontinuidades ni obstáculos, por lo que deberá
acondicionarse dichos cruzamientos en el proyecto de ejecución definitivo de
las obras, tales como el acondicionamiento de los accesos en ambos sentidos,
señalética ( Cruce de Vía Pecuaria, límite de velocidad) etc., para lo cual
deberá remitirse el Proyecto de ejecución de las actuaciones a esta Secretaria
General.


2. R
 especto a los usos otorgados (Reserva de infraestructuras), sobre la vía
pecuaria denominada “Cañada Real de Portugal” (RI-1-27, RI-1-28 y RI-131), se debe de tener en cuenta que las vías pecuarias son bienes de dominio
público, y que de acuerdo a lo estipulado en el artículo 222 y s.s. Uso común
prioritario de la ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, el
uso principal de las Vías Pecuarias el de tránsito de ganado, así como otros
comunes y complementarios.



3. C
 on respecto a los servicios de red de energía eléctrica, saneamiento,
abastecimiento, gas, telecomunicaciones, y otros, que se prevean discurran o
crucen la vía pecuaria, se tendrá en cuenta que:



Previo a la ejecución de los trabajos, se solicitará en base a lo dispuesto en
el Decreto 65/2022, de 8 de junio, que regula las ocupaciones temporales,
las autorizaciones para el acondicionamiento, mantenimiento y mejora, y el
tránsito de ciclomotores y vehículos a motor, de carácter no agrícola, en las vías
pecuarias, la ocupación temporal para la instalación de dichas infraestructuras.



Una vez realizados los trabajos, se acondicionará la Vía Pecuaria de tal manera
que no existan discontinuidades ni obstáculos, quedando garantizada tanto la
seguridad como la continuidad de la Vía Pecuaria, manteniendo su integridad
superficial y la idoneidad del nuevo itinerario para el tránsito ganadero y los
demás usos compatibles y complementarios.

9. C
 on fecha 7 de septiembre de 2022 se recibe Informe del Servicio de Urbanismo de la
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio en el que se informa que
desde el Servicio de Urbanismo se asumen las conclusiones del informe del Servicio de
Ordenación del Territorio que, a estos efectos, debe ser considerado como informe único
de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.
10. C
 on fecha 22 de septiembre de 2022 se recibe Informe del Servicio de Ordenación y
Gestión Forestal de la Dirección General de Política Forestal en el que se comunica lo
siguiente: