Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060301)
Resolución de 19 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Modificación de características de una concesión de aguas superficiales del río Guadiana totalizando 331,0522 ha, en la finca Don Tello, cuyo promotor es Vegahermosa, SL", en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA21/1261.
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NÚMERO 21
Martes 31 de enero de 2023
7391
De otra parte, se incorporan al presente informe las medidas establecidas por parte del
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas en relación al mantenimiento de las zonas no dedicadas al cultivo agrícola existentes en la finca y sus alrededores.
Teniendo en cuenta lo anterior, se considera que los posibles impactos ambientales que
se pudieran generar sobre la vegetación y los hábitats naturales serán compatibles con
la ejecución y puesta en marcha del proyecto de referencia.
3.3.6. Paisaje.
A nivel global el paisaje no se verá modificado de manera sustancial por la puesta en
marcha del proyecto, ya que la superficie sobre la que se actúa se trata de terrenos
dedicados a la agricultura con anterioridad a la ejecución del proyecto.
Teniendo en cuenta el mantenimiento de las zonas con presencia de vegetación natural,
ya sean zonas dedicadas a pastos, zonas adehesadas o zonas con vegetación de ribera
asociada, el impacto sobre el paisaje se considera compatible con el proyecto, recogiéndose no obstante en el presenta informe medidas para adecuar e integrar paisajísticamente las infraestructuras de carácter permanente asociadas al sistema de riego.
3.3.7. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas y polvo derivadas de los
trabajos proyectados, por gases derivados de la combustión y compuestos orgánicos
volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los
niveles sonoros. Una vez concluidas las obras esta afección desaparece.
En cuanto a la generación de ruidos, la principal fuente de ruido procederá de los equipos de bombeo asociados al sistema de riego. No obstante, este impacto se verá limitado al encontrarse éstos situados dentro de edificaciones a tal efecto.
No obstante, deberán cumplirse las medidas preventivas al respecto incorporadas en el
presente informe, así como las incluidas en el documento ambiental.
3.3.8. Patrimonio arqueológico.
Tal y como se indicó con anterioridad en el presente informe, respecto a la posibilidad
de aparición de elementos con valor patrimonial y/o arqueológico, corresponde al Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida velar por su adecuada protección.
El proyecto no implica movimientos de tierra más allá de la preparación del terreno de
las zonas en las que aún no se ha implantado el olivar, así como las labores agrícolas
Martes 31 de enero de 2023
7391
De otra parte, se incorporan al presente informe las medidas establecidas por parte del
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas en relación al mantenimiento de las zonas no dedicadas al cultivo agrícola existentes en la finca y sus alrededores.
Teniendo en cuenta lo anterior, se considera que los posibles impactos ambientales que
se pudieran generar sobre la vegetación y los hábitats naturales serán compatibles con
la ejecución y puesta en marcha del proyecto de referencia.
3.3.6. Paisaje.
A nivel global el paisaje no se verá modificado de manera sustancial por la puesta en
marcha del proyecto, ya que la superficie sobre la que se actúa se trata de terrenos
dedicados a la agricultura con anterioridad a la ejecución del proyecto.
Teniendo en cuenta el mantenimiento de las zonas con presencia de vegetación natural,
ya sean zonas dedicadas a pastos, zonas adehesadas o zonas con vegetación de ribera
asociada, el impacto sobre el paisaje se considera compatible con el proyecto, recogiéndose no obstante en el presenta informe medidas para adecuar e integrar paisajísticamente las infraestructuras de carácter permanente asociadas al sistema de riego.
3.3.7. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas y polvo derivadas de los
trabajos proyectados, por gases derivados de la combustión y compuestos orgánicos
volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los
niveles sonoros. Una vez concluidas las obras esta afección desaparece.
En cuanto a la generación de ruidos, la principal fuente de ruido procederá de los equipos de bombeo asociados al sistema de riego. No obstante, este impacto se verá limitado al encontrarse éstos situados dentro de edificaciones a tal efecto.
No obstante, deberán cumplirse las medidas preventivas al respecto incorporadas en el
presente informe, así como las incluidas en el documento ambiental.
3.3.8. Patrimonio arqueológico.
Tal y como se indicó con anterioridad en el presente informe, respecto a la posibilidad
de aparición de elementos con valor patrimonial y/o arqueológico, corresponde al Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida velar por su adecuada protección.
El proyecto no implica movimientos de tierra más allá de la preparación del terreno de
las zonas en las que aún no se ha implantado el olivar, así como las labores agrícolas