Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060170)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de la Juventud de Extremadura y el Ayuntamiento de Hervás por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención para la realización de "Labores de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de dicha localidad durante los años 2022 y 2023".
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NÚMERO 21
Martes 31 de enero de 2023

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3. A
 sí mismo en el caso de que la actividad haya sido financiada, además de con la subvención,
con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación
el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.
4. E
 l Ayuntamiento de Hervás queda exento de la obligación de prestar garantía de acuerdo
con lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta, apartado b), de la Ley 5/2007, de 19
de abril, de General de Hacienda Pública de Extremadura.
Octava. Compatibilidad de la subvención.
Esta subvención será compatible con otras sub­venciones, ayudas, ingresos o recursos para la
misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos privados, nacionales, de la Unión europea o de organismos internacionales. El importe de las subvenciones
en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad subvencionada.
Novena. Control y seguimiento.
La Junta de Extremadura, a través del Instituto de la Juventud, podrá, en cualquier momento,
realizar funciones de control y seguimiento del objeto del presente Convenio, efectuando al
efecto las inspecciones precisas.
Con objeto de garantizar la ejecución de este Convenio y el cumplimiento de sus fines se
establece una Comisión de coordinación y seguimiento presidida por la persona titular de la
Jefatura de Gestión del Instituto de la Juventud de Extremadura o persona en quien delegue,
y estará integrada por los siguientes vocales:
— Un representante del Instituto de la Juventud de Extremadura.
— Dos representantes del Ayuntamiento de Hervás.
— Actuará como Secretario/a un funcionario de la Secretaría General de la Consejería de
Igualdad y Cooperación para el Desarrollo.
La Comisión se regirá en cuanto a su constitución y funcionamiento, por lo dispuesto en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La composición de la comisión respetara la preceptuado en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres
y hombres y contra la violencia de género en Extremadura a los efectos de representación
equilibrada.
Décima. Causas de revocación y reintegro.
El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas contenidas en el presente Convenio dará
lugar a la resolución del mismo, garantizando, en todo caso, el derecho del Ayuntamiento a la