Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060170)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de la Juventud de Extremadura y el Ayuntamiento de Hervás por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención para la realización de "Labores de dinamización y tareas de mantenimiento en el Espacio para la Creación Joven de dicha localidad durante los años 2022 y 2023".
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 21
Martes 31 de enero de 2023

7334

a. El primer pago anticipado del 50% del importe de la subvención correspondiente al año
2022 se realizará una vez recibida en el Instituto de la Juventud de Extremadura la certificación del Ayuntamiento del inicio de las labores de dinamización.
b. E
 l segundo pago anticipado, correspondiente al 50% de las cantidades subvencionadas
del año 2022 se abonará una vez presentada la documentación justificativa del cumplimiento del destino dado al objeto de la presente subvención, en la forma establecida
en la Cláusula siguiente, en una cantidad, al menos, igual al importe anticipado en el
primer pago. Esta documentación justificativa correspondiente al primer 50% deberá
presentarse con anterioridad al 15 de diciembre de 2022, en la forma establecida en el
presente Convenio.
A
 ntes del 31 de enero de 2023, el Ayuntamiento de Hervás procederá a la entrega al
Instituto de la Juventud de Extremadura de la documentación justificativa en los términos expuestos en la Cláusula Sexta del total de las cantidades recibidas durante el año
2022.
c. El tercer pago anticipado, correspondiente al 50% de las cantidades subvencionadas del
año 2023 se abonará una vez presentada la documentación justificativa mencionada en
el párrafo anterior junto con la certificación de continuación y/o reinicio de las actividades de dinamización en la anualidad 2023.
d. F
 inalmente, el cuarto y último pago del 50% restante de las cantidades correspondientes al año 2023 se abonará una vez presentada la documentación justificativa del
cumplimiento del destino dado al objeto de la presente subvención, en una cantidad,
al menos, igual al importe anticipado del tercer pago. Esta documentación justificativa,
correspondiente al tercer 50% deberá presentarse con anterioridad al 15 de noviembre
de 2023.
Séptima. Justificación.
1. L
 a justificación de la subvención se realizará mediante la presentación ante el Instituto de
la Juventud de Extremadura de certificado expedido por el Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Hervás acreditando que la subvención ha sido destinada a los fines específicos
para los que fue concedida, haciendo constar la acción realizada y su coste, así como que
se refieren a gastos previstos en el Convenio, efectivamente realizados y abonados, de
acuerdo a lo previsto en el artículo 35.9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. E
 l Ayuntamiento de Hervás procederá a justificar de la forma establecida en la esta Cláusula el destino dado a las cantidades recibidas durante la Anualidad 2023 antes del 31 de
enero de 2024.