Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060090)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Encomienda de Gestión entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres para la recaudación y colaboración en la gestión del patrimonio inmobiliario de la Comunidad Autónoma de Extremadura adscrito a la referida Consejería.
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NÚMERO 19
Viernes 27 de enero de 2023

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los cuales concierte la Corporación, la prestación de servicios recaudatorios” y “Todas aquellas
que sean causa, consecuencia o considere necesarias de cumplimiento de los fines anteriores,
una vez aprobadas por el órgano correspondiente”.
Quinto. El artículo 11 de la Ley 40/2015, de 2 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que la realización de actividades de carácter material o técnico de la
competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá
ser encomendada a otros órganos o Entidades de Derecho Público de la misma o de distinta
Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades, por razones de
eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.
La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano o Entidad encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre
la concreta actividad material objeto de encomienda.
En todo caso, la Entidad u órgano encomendado tendrá la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la
encomienda de gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de
datos de carácter personal.
Los Organismos Autónomos de Recaudación y Gestión Tributaria, cuentan con los medios técnicos y recursos humanos adecuados para realizar todas las gestiones de cobro necesarias,
tanto en vía ordinaria como extraordinaria (atrasos, con o sin fraccionamiento concedido), así
como con la infraestructura informática necesaria para interconectarse y mantener una interoperabilidad con la base de datos y el aplicativo VIVEX de gestión del patrimonio inmobiliario
de viviendas y anejos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, adscrito a la Consejería
de Movilidad, Transporte y Vivienda.
Sexto. La actuación del Organismo Autónomo Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria
de Badajoz y Cáceres, comprende entre otras materias las siguientes:
— La recaudación de toda clase de ingresos que le encomiende la Excma. Diputación Provincial.
— La recaudación en periodo voluntario y en vía de apremio de toda clase de tributos, así
como de otros ingresos de derecho público de las entidades locales de la provincia y
otras entidades de derecho público.
— La gestión, liquidación y/o recaudación tanto en voluntaria, como en ejecutiva de cualesquiera tributo y demás recursos que deban percibir las entidades locales y demás
administraciones y personas jurídicas de derecho público que le encomiende.