Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2022040235)
Decreto 155/2022, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de acciones de reskilling y upskilling para la formación de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, cuidado de las personas y zonas en riesgo de despoblación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 19

6736

Viernes 27 de enero de 2023

DISPONGO
CAPÍTULO I
Disposiciones comunes
Artículo 1. Objeto y finalidad de las subvenciones.
El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones
destinadas a financiar acciones de reskilling y upskilling para la formación de cualificación y
recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en
el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en sectores estratégicos, cuidado de
las personas y zonas en riesgo de despoblación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en el marco del Componente 20 «Plan estratégico de impulso de la Formación
Profesional» Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR), con
financiación de la Unión Europea, a través del Instrumento Europeo de Recuperación (“Next
Generation EU”).
Artículo 2. Líneas de subvención.
Se establecen las siguientes líneas de subvenciones, en función de la tipología de acciones
formativas y de los beneficiarios de la subvención:
— Línea 1: En esta línea se incluyen los siguientes proyectos de acciones de reskilling y
upskilling para la formación de cualificación y recualificación de la población activa en
sectores estratégicos:


a) Proyectos de empresas para la formación de sus trabajadores vinculados mediante
una relación laboral, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial y empresarial de que se
trate. Se podrá incluir en estos proyectos la organización de procedimientos previos
de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, en los términos previstos en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.



b) Proyectos de agrupaciones empresariales, consorcios de empresas, organismos y
entidades sectoriales que representen o agrupen empresas, destinados a la formación de trabajadores de un conjunto de empresas pertenecientes o vinculadas al
beneficiario, y que permitan la actualización de sus competencias profesionales o la