Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023060250)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Consejera, relativa a la modificación puntual del Plan General Municipal de Cáceres (M-031), para la reordenación del sistema general viario por el nuevo trazado de la Ronda sur-este.
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NÚMERO 18
Jueves 26 de enero de 2023
6614
Al incremento de 52.953m2 de modificación sustancial de las zonas verdes en suelo
urbanizable hay que sumar la acción de suelo urbano EG-28.03 de sistema general de
zonas verdes en suelo urbano en 11.688m2 , se obtiene por tanto un incremento total
de 64.464 m2 de zonas verdes que sirven para reforzar como se ha dicho el corredor
verde de la Ribera del Marco
ORDENACIÓN ACTUAL P.G.M. Y MODIFICACIÓN DEL P.G.M.
Como compensación por la redistribución de las zonas verdes, se habilitan otras tantas de
parecida extensión pero de mayores superficies y mejores características y morfología para
zonas verdes y para ampliación futura del área urbana de la Ribera del Marco del municipio.
Además, este cambio supone los siguientes vectores positivos:
La nueva ubicación de las dotaciones en suelo urbanizable permite ampliar la zonificación de
zonas verdes y espacios libres en contacto con la ribera del marco y de otro lado preservar una
zona de alto valor ecológico y cultural existente de la Rivera del Marco por lo que se adquiere
una calificación más congruente con el espacio y con las previsiones del P.G.M.
Además, este cambio supone los siguientes vectores positivos:
La nueva ubicación de los equipamientos permite ampliar las zonas para los fines previstos y de
otro lado hay que preservar la huella ecológica socio cultural existente en la Rivera del Marco
con la calificación de zonas verdes estructurantes de la ciudad con lo que adquiere una
calificación más congruente con el espacio y con las previsiones del P.G.M. Esta nueva
ubicación y desarrollo podrá ser parte activa de la actividad que se pueda desarrollar en el
Parque de la Ribera y por extensión hasta la ronda, en una especie de cliserie de crecimiento
como parque periurbano que esta modificación de plan contempla y amplia , todo ello según
las previsiones de ordenación del P.G.M. para la rivera del marco.
Por otro lado en términos de sostenibilidad ambiental, socio-cultural y económica, supone una
mejora según recomendaciones de la "red de ciudades saludables" en: Establecer un sistema
coherente de espacios verdes abiertos que incluya propuestas a todas las escalas, desde los
parques de proximidad cerca de casa hasta los parques periurbanos, facilitando la
accesibilidad a pie, en bicicleta u otros modos no motorizados de personas y animales. En todos
estos espacios, basar el diseño en los elementos de vegetación y agua existentes y en la
utilización de vegetación autóctona en las partes de nueva creación. Un buen sistema de
espacios verdes es fundamental para la salud de los habitantes y para la salud del medio
natural.
Esta actuación, que se efectúa dentro de los sistemas generales, no deriva ningún riesgo para la
seguridad y bienestar de las personas y aumenta la conservación y puesta en valor de los
valores medioambientales susceptibles de preservación.
GESTIÓN URBANÍSTICA.
Todos los terrenos clasificados como suelo urbanizable que se ven afectados por la modificación
serán de titularidad pública como consecuencia de la adscripción a sistemas generales de los
diferentes sectores de suelo urbanizable a través de la técnica de redistribución de
aprovechamientos contando todos con el mismo aprovechamiento tipo del área de reparto en
la que se encuentren.
Dado que el trazado definitivo aprobado de la Ronda Sur Este no coincide con el previsto en el
PGM y por tanto se hace necesaria esta modificación del PGM, cuyo contenido de fondo en
materia de aprovechamientos urbanísticos no se pretende alterar, teniendo que obtenerse
nuevos terrenos dotacionales, para lo que se arbitran los mecanismos urbanísticos necesarios
para su adquisición a través de adscripciones en diferentes sectores de suelo urbanizable. La
modificación afecta a suelo urbano, urbanizable y nuevo urbanizable de trazado de la ronda y
zonas verdes incorporadas hacia dentro de la misma, especificando para ellos tanto su
participación en la estructura general y orgánica del territorio, indicando la cuantía de sistemas
generales que se incluyen o adscriben a estos sectores, como los usos, intensidades y tipologías
edificatorias en las nuevas tablas del SUELO RESIDENCIAL DE PRIORIDAD I y II; ésta zona de suelo
Jueves 26 de enero de 2023
6614
Al incremento de 52.953m2 de modificación sustancial de las zonas verdes en suelo
urbanizable hay que sumar la acción de suelo urbano EG-28.03 de sistema general de
zonas verdes en suelo urbano en 11.688m2 , se obtiene por tanto un incremento total
de 64.464 m2 de zonas verdes que sirven para reforzar como se ha dicho el corredor
verde de la Ribera del Marco
ORDENACIÓN ACTUAL P.G.M. Y MODIFICACIÓN DEL P.G.M.
Como compensación por la redistribución de las zonas verdes, se habilitan otras tantas de
parecida extensión pero de mayores superficies y mejores características y morfología para
zonas verdes y para ampliación futura del área urbana de la Ribera del Marco del municipio.
Además, este cambio supone los siguientes vectores positivos:
La nueva ubicación de las dotaciones en suelo urbanizable permite ampliar la zonificación de
zonas verdes y espacios libres en contacto con la ribera del marco y de otro lado preservar una
zona de alto valor ecológico y cultural existente de la Rivera del Marco por lo que se adquiere
una calificación más congruente con el espacio y con las previsiones del P.G.M.
Además, este cambio supone los siguientes vectores positivos:
La nueva ubicación de los equipamientos permite ampliar las zonas para los fines previstos y de
otro lado hay que preservar la huella ecológica socio cultural existente en la Rivera del Marco
con la calificación de zonas verdes estructurantes de la ciudad con lo que adquiere una
calificación más congruente con el espacio y con las previsiones del P.G.M. Esta nueva
ubicación y desarrollo podrá ser parte activa de la actividad que se pueda desarrollar en el
Parque de la Ribera y por extensión hasta la ronda, en una especie de cliserie de crecimiento
como parque periurbano que esta modificación de plan contempla y amplia , todo ello según
las previsiones de ordenación del P.G.M. para la rivera del marco.
Por otro lado en términos de sostenibilidad ambiental, socio-cultural y económica, supone una
mejora según recomendaciones de la "red de ciudades saludables" en: Establecer un sistema
coherente de espacios verdes abiertos que incluya propuestas a todas las escalas, desde los
parques de proximidad cerca de casa hasta los parques periurbanos, facilitando la
accesibilidad a pie, en bicicleta u otros modos no motorizados de personas y animales. En todos
estos espacios, basar el diseño en los elementos de vegetación y agua existentes y en la
utilización de vegetación autóctona en las partes de nueva creación. Un buen sistema de
espacios verdes es fundamental para la salud de los habitantes y para la salud del medio
natural.
Esta actuación, que se efectúa dentro de los sistemas generales, no deriva ningún riesgo para la
seguridad y bienestar de las personas y aumenta la conservación y puesta en valor de los
valores medioambientales susceptibles de preservación.
GESTIÓN URBANÍSTICA.
Todos los terrenos clasificados como suelo urbanizable que se ven afectados por la modificación
serán de titularidad pública como consecuencia de la adscripción a sistemas generales de los
diferentes sectores de suelo urbanizable a través de la técnica de redistribución de
aprovechamientos contando todos con el mismo aprovechamiento tipo del área de reparto en
la que se encuentren.
Dado que el trazado definitivo aprobado de la Ronda Sur Este no coincide con el previsto en el
PGM y por tanto se hace necesaria esta modificación del PGM, cuyo contenido de fondo en
materia de aprovechamientos urbanísticos no se pretende alterar, teniendo que obtenerse
nuevos terrenos dotacionales, para lo que se arbitran los mecanismos urbanísticos necesarios
para su adquisición a través de adscripciones en diferentes sectores de suelo urbanizable. La
modificación afecta a suelo urbano, urbanizable y nuevo urbanizable de trazado de la ronda y
zonas verdes incorporadas hacia dentro de la misma, especificando para ellos tanto su
participación en la estructura general y orgánica del territorio, indicando la cuantía de sistemas
generales que se incluyen o adscriben a estos sectores, como los usos, intensidades y tipologías
edificatorias en las nuevas tablas del SUELO RESIDENCIAL DE PRIORIDAD I y II; ésta zona de suelo