Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023060250)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Consejera, relativa a la modificación puntual del Plan General Municipal de Cáceres (M-031), para la reordenación del sistema general viario por el nuevo trazado de la Ronda sur-este.
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NÚMERO 18
Jueves 26 de enero de 2023
6615
urbanizable se sitúa en colindancia con el suelo urbano actual de la ciudad, o bien con el suelo
urbanizable procedente del desarrollo del Plan vigente, y en algunos casos en áreas en las que
se propugna un remate de los bordes de la ciudad existente y está constituida por varios
sectores residenciales, incluidos en dos áreas de reparto, de aprovechamiento medio similar,
AR.1, de prioridad I y AR.2, de prioridad II. No se afecta con la presente Modificación el Uso
residencial vivienda de todo el Plan y se modifica y retoca ligeramente la intensidad del uso
terciario en los sectores donde a fecha presente y por sus características tienen cabida. No se
supera en ningún caso (por ser el mismo)el aprovechamiento medio preexistente de 0.350179 de
la prioridad I ni de 0.329616 de la prioridad II.
Respecto al suelo urbano se ven afectados terrenos de propiedad municipal que se incorporan
prolongando la Avenida de Dulcinea en conexión con la nueva Ronda, generándose espacios
de uso terciario y de equipamientos al servicio de la zona residencial de Vistahermosa, sin que se
densifique ni se genere nueva ciudad, sino que se refuerzan las dotaciones de la Ribera y se
complementa el uso actual, sin que tampoco se supere el aprovechamiento urbanístico
preexistente en ningún caso, tal y como se justifica en la nueva ficha del APE-32.02. Los motivos
que justifican la delimitación de de la unidad de actuación urbanizadora (UAU-32.02), para la
gestión de determinados ámbitos de APE, se basan en la necesidad de reforma que tiene el
ámbito, para conseguir una serie de objetivos señalados en su ficha y en la presente memoria.
Estas operaciones de reforma requieren la definición de la unidad de actuación urbanizadora
como ámbito de gestión de exclusiva propiedad municipal , por lo que su gestión se simplifica.
Se elimina la ficha correspondiente a UZI 32.01 El Conejar por estar ya totalmente recepcionada
la urbanización y se incorpora la nueva ficha correspondiente al API 32.04. El Conejar que asume
con carácter general las determinaciones concretas del planeamiento inmediatamente
antecedente; de esta forma, el nuevo Plan General mantiene e integra este planeamiento en su
cuerpo normativo, en algunos casos con ligeras adaptaciones y actualizaciones con los estudios
de detalle tramitados en la misma.
PARTE CON EFICACIA NORMATIVA.
El presente proyecto de modificación puntual ESTRUCTURAL CONTEMPLA:
Actualización del TOMO I del PGM. MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICATIVA.
Actualización del TOMO II del PGM. NORMAS URBANÍSTICAS TOMO I.
Actualización del TOMO II del PGM. NORMAS URBANÍSTICAS TOMO II. FICHAS
Actualización del TOMO IV del PGM. ORDEN DE PRIORIDADES Y ESTUDIO ECONÓMICO.
ALTERNATIVA RONDA ESTE.
Actualización del TOMO V del PGM. PLANOS.
Jueves 26 de enero de 2023
6615
urbanizable se sitúa en colindancia con el suelo urbano actual de la ciudad, o bien con el suelo
urbanizable procedente del desarrollo del Plan vigente, y en algunos casos en áreas en las que
se propugna un remate de los bordes de la ciudad existente y está constituida por varios
sectores residenciales, incluidos en dos áreas de reparto, de aprovechamiento medio similar,
AR.1, de prioridad I y AR.2, de prioridad II. No se afecta con la presente Modificación el Uso
residencial vivienda de todo el Plan y se modifica y retoca ligeramente la intensidad del uso
terciario en los sectores donde a fecha presente y por sus características tienen cabida. No se
supera en ningún caso (por ser el mismo)el aprovechamiento medio preexistente de 0.350179 de
la prioridad I ni de 0.329616 de la prioridad II.
Respecto al suelo urbano se ven afectados terrenos de propiedad municipal que se incorporan
prolongando la Avenida de Dulcinea en conexión con la nueva Ronda, generándose espacios
de uso terciario y de equipamientos al servicio de la zona residencial de Vistahermosa, sin que se
densifique ni se genere nueva ciudad, sino que se refuerzan las dotaciones de la Ribera y se
complementa el uso actual, sin que tampoco se supere el aprovechamiento urbanístico
preexistente en ningún caso, tal y como se justifica en la nueva ficha del APE-32.02. Los motivos
que justifican la delimitación de de la unidad de actuación urbanizadora (UAU-32.02), para la
gestión de determinados ámbitos de APE, se basan en la necesidad de reforma que tiene el
ámbito, para conseguir una serie de objetivos señalados en su ficha y en la presente memoria.
Estas operaciones de reforma requieren la definición de la unidad de actuación urbanizadora
como ámbito de gestión de exclusiva propiedad municipal , por lo que su gestión se simplifica.
Se elimina la ficha correspondiente a UZI 32.01 El Conejar por estar ya totalmente recepcionada
la urbanización y se incorpora la nueva ficha correspondiente al API 32.04. El Conejar que asume
con carácter general las determinaciones concretas del planeamiento inmediatamente
antecedente; de esta forma, el nuevo Plan General mantiene e integra este planeamiento en su
cuerpo normativo, en algunos casos con ligeras adaptaciones y actualizaciones con los estudios
de detalle tramitados en la misma.
PARTE CON EFICACIA NORMATIVA.
El presente proyecto de modificación puntual ESTRUCTURAL CONTEMPLA:
Actualización del TOMO I del PGM. MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICATIVA.
Actualización del TOMO II del PGM. NORMAS URBANÍSTICAS TOMO I.
Actualización del TOMO II del PGM. NORMAS URBANÍSTICAS TOMO II. FICHAS
Actualización del TOMO IV del PGM. ORDEN DE PRIORIDADES Y ESTUDIO ECONÓMICO.
ALTERNATIVA RONDA ESTE.
Actualización del TOMO V del PGM. PLANOS.