Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060068)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, la Diputación Provincial de Badajoz y el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena para la concesión a la Diputación Provincial de Badajoz de una subvención destinada a la realización de actuaciones de movilidad en la localidad de Villanueva de la Serena, en el marco del Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con Fondos procedentes del instrumento de recuperación de la Unión Europea.
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NÚMERO 17
Miércoles 25 de enero de 2023
6319
C. El pago de la cantidad prevista para la anualidad 2024 (270.000,00 euros), estará condicionado a la previa justificación de gastos por importe de la suma de las cuantías abonadas en las anualidades anteriores (930.000 euros), y el mismo se ejecutará contra la
presentación de certificación del órgano u órganos competentes de la Diputación, en la
que conste:
— Las unidades de obra ejecutadas de acuerdo con las certificaciones legalmente expedidas y su coste, con expresión de los gastos soportados,
— La declaración de que los mismos han sido efectivamente realizados mediante su
pago material y que pueden acreditarse mediante las facturas o cualesquiera otros
documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, y
— La declaración acerca de que la parte de obra ejecutada está destinada al cumplimiento de la finalidad objeto de la ayuda.
2. D
ada la condición de entidad local del beneficiario, la realización del pago anticipado no
quedará sometida a la constitución de garantía por parte del perceptor.
Undécima. Régimen de justificación de la actuación subvencionada.
1. L
a Diputación se compromete a justificar la finalización de la actividad objeto del convenio,
mediante la aportación a la Consejería, en el plazo de un mes desde la recepción de las
obras ejecutadas, de los siguientes documentos:
A) Certificación del órgano u órganos competentes de la Diputación, en la que conste:
— La obra realizada y su coste, con expresión de los gastos soportados,
— La declaración de que los mismos han sido efectivamente realizados mediante su
pago material y pueden acreditarse mediante las facturas o cualesquiera otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o
con eficacia administrativa, y
— La declaración acerca del cumplimiento de la finalidad objeto de la ayuda.
B) C
ertificación del director facultativo de la obra en la que conste que la misma respeta el
proyecto aprobado.
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
Miércoles 25 de enero de 2023
6319
C. El pago de la cantidad prevista para la anualidad 2024 (270.000,00 euros), estará condicionado a la previa justificación de gastos por importe de la suma de las cuantías abonadas en las anualidades anteriores (930.000 euros), y el mismo se ejecutará contra la
presentación de certificación del órgano u órganos competentes de la Diputación, en la
que conste:
— Las unidades de obra ejecutadas de acuerdo con las certificaciones legalmente expedidas y su coste, con expresión de los gastos soportados,
— La declaración de que los mismos han sido efectivamente realizados mediante su
pago material y que pueden acreditarse mediante las facturas o cualesquiera otros
documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, y
— La declaración acerca de que la parte de obra ejecutada está destinada al cumplimiento de la finalidad objeto de la ayuda.
2. D
ada la condición de entidad local del beneficiario, la realización del pago anticipado no
quedará sometida a la constitución de garantía por parte del perceptor.
Undécima. Régimen de justificación de la actuación subvencionada.
1. L
a Diputación se compromete a justificar la finalización de la actividad objeto del convenio,
mediante la aportación a la Consejería, en el plazo de un mes desde la recepción de las
obras ejecutadas, de los siguientes documentos:
A) Certificación del órgano u órganos competentes de la Diputación, en la que conste:
— La obra realizada y su coste, con expresión de los gastos soportados,
— La declaración de que los mismos han sido efectivamente realizados mediante su
pago material y pueden acreditarse mediante las facturas o cualesquiera otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o
con eficacia administrativa, y
— La declaración acerca del cumplimiento de la finalidad objeto de la ayuda.
B) C
ertificación del director facultativo de la obra en la que conste que la misma respeta el
proyecto aprobado.
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU