Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060068)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, la Diputación Provincial de Badajoz y el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena para la concesión a la Diputación Provincial de Badajoz de una subvención destinada a la realización de actuaciones de movilidad en la localidad de Villanueva de la Serena, en el marco del Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con Fondos procedentes del instrumento de recuperación de la Unión Europea.
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NÚMERO 17
Miércoles 25 de enero de 2023

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b) Aportará a la Consejería toda la información que fuere necesaria para determinar el
valor de los indicadores de seguimiento de la ejecución de los créditos asignados a la
Comunidad Autónoma para financiar el proyecto de inversión, en los términos que le
sean solicitados en cumplimiento de la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por
la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las
Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas
de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
c) La obra, una vez ejecutado el proyecto, quedará en estado de conservación y funcionamiento adecuados a su finalidad.
Novena. Respeto al principio de “no causar un perjuicio significativo a objetivos
medioambientales”.
1. L
 a ejecución de la medida financiada deberá respetar el principio de “no causar un perjuicio
significativo a objetivos medioambientales” en el sentido del artículo 17 del Reglamento
(UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020, relativo al
establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.
2. A
 estos efectos, deberá atenderse a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del
principio de «no causar un perjuicio significativo a objetivos medioambientales» en virtud
del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Décima. Régimen de pago de la subvención.
1. L
 a cantidad objeto de aportación por la Consejería será abonada a la Diputación de la siguiente forma:
A. El pago de la cantidad prevista para la anualidad 2022 (30.000,00 euros) se transferirá
en concepto de pago anticipado una vez firmado el convenio.
B. E
 l pago de la cantidad prevista para la anualidad 2023 (900.000,00 euros) estará condicionado a que se haya dictado resolución de adjudicación del correspondiente contrato
para la ejecución de la obra objeto de actuación, acto que se acreditará mediante certificación emitida por la persona titular de la Secretaría expresiva de dicho extremo.

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU