Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060066)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Don Benito para la concesión de una subvención destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de inversión (itinerarios peatonales y carril reservado para bicicletas en la calle Ayala) en esta localidad, en el marco del Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos procedentes del instrumento de recuperación de la Unión Europea.
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NÚMERO 17
Miércoles 25 de enero de 2023



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— La declaración acerca del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la
subvención.

B) C
 ertificación del director facultativo de la obra u obras en la que conste que las mismas
respetan el proyecto aprobado.
C) Acta de recepción de la obra u obras.
2. C
 uando de la justificación aportada se desprenda que concurre el supuesto previsto en el
apartado 4 de la cláusula octava, el Ayuntamiento reintegrará a la Consejería la diferencia
entre la cantidad abonada y la justificada.
Decimocuarta. Consecuencias en caso de incumplimiento de las obligaciones.
1. E
 l incumplimiento por el Ayuntamiento de su obligación de ejecutar el proyecto de inversión
dará lugar al reintegro a la Consejería de las cantidades percibidas.
2. E
 l Ayuntamiento no estará obligado a la ejecución del proyecto de inversión en tanto subsista pendiente el pago anticipado de la ayuda. De no producirse éste con carácter definitivo, aquél tendrá derecho a una indemnización por los gastos incurridos en la preparación
de los trámites necesarios para acometer el objeto del convenio.
3. S
 erán de aplicación las demás causas de reintegro previstas en la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así ́como la obligación de reintegro en caso de incumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo a objetivos medioambientales” a que se refiere la cláusula undécima.
Decimoquinta. Seguimiento y control de la inversión.
1. L
 a Consejería se reserva la facultad de inspeccionar la ejecución del proyecto de inversión
y la infraestructura resultante para comprobar que su construcción y puesta en funcionamiento se han efectuado de acuerdo con los términos del presente convenio y la normativa
aplicable.
2. S
 e constituirá una Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control, compuesta por una representación de la Consejería y otra del Ayuntamiento, que asumirá la función de resolver
los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en relación con la
aplicación del convenio.

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU