Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060066)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Don Benito para la concesión de una subvención destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de inversión (itinerarios peatonales y carril reservado para bicicletas en la calle Ayala) en esta localidad, en el marco del Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos procedentes del instrumento de recuperación de la Unión Europea.
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NÚMERO 17
Miércoles 25 de enero de 2023

6282

Duodécima. Régimen de pago de la subvención.
1. L
 a cantidad objeto de aportación financiera por la Consejería de Movilidad, Transporte y
Vivienda será abonada al Ayuntamiento de Don Benito de la siguiente forma:
A. El pago de la cantidad prevista para la anualidad 2023 (800.000,00 euros), se transferirá en concepto de pago anticipado y estará condicionado a la previa presentación de la
certificación emitida por la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento, expresiva
de la circunstancia de cumplirse los requisitos y condiciones que permiten iniciar la redacción del proyecto.
B. E
 l pago de la cantidad prevista para la anualidad 2024 (900.000,00 euros), estará condicionado a la previa justificación de gastos por importe de la cuantía total abonada en
la anualidad anterior (800.000,00 euros), y el mismo se ejecutará parcialmente con
carácter periódico contra la presentación de las sucesivas y pendientes certificaciones y
facturas correspondientes que se expidan, comprensivas de la obra ejecutada conforme
a proyecto y por el importe de cada una de ellas.
2. D
 ada la condición de entidad del sector público del beneficiario, la realización del pago anticipado no quedará sometida a la constitución de garantía por parte del perceptor.
Decimotercera. Régimen de justificación de la actuación subvencionada.
El Ayuntamiento se compromete a justificar la finalización de las obras de construcción objeto
de la inversión, y su adecuación al proyecto de obras aprobado, mediante la aportación a la
Consejería, en el plazo de un mes desde la recepción del inmueble construido, de los siguientes documentos:
A) Certificación del órgano de Intervención del Ayuntamiento, con la aprobación del Alcalde-Presidente, en la que conste:


— La obra realizada y su coste, con expresión de los gastos soportados,



— La declaración de que los mismos han sido efectivamente realizados mediante su
pago material y pueden acreditarse mediante las facturas o cualesquiera otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o
con eficacia administrativa, y

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU