Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060066)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Don Benito para la concesión de una subvención destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de inversión (itinerarios peatonales y carril reservado para bicicletas en la calle Ayala) en esta localidad, en el marco del Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos procedentes del instrumento de recuperación de la Unión Europea.
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NÚMERO 17
6280
Miércoles 25 de enero de 2023
BENEFICIARIO
ANUALIDAD
IMPORTE
(sin IVA)
CENTRO
GESTOR
FONDO
PROG.
FINANC.
POSICIÓN
PRESUPUESTARIA
2022
00,00 €
160050000
MR01C01I01
20220568
G/353C/76000
2023
800.000,00 €
160050000
MR01C01I01
20220568
G/353C/76000
2024
900.000,00 €
160050000
MR01C01I01
20220568
G/353C/76000
AYUNTAMIENTO
DE DON
BENITO
TOTAL:
1.700.000 €
3. E
n aplicación del apartado 2 de la cláusula séptima, en el supuesto de que el importe real
de la inversión supere la cuantía total máxima de la disposición dineraria indicada en la
presente cláusula, el abono del exceso sobre la misma será satisfecho con cargo a los recursos propios del Ayuntamiento.
4. E
n aplicación del apartado 2 de la cláusula séptima, en el supuesto de que el importe real
de la inversión sea inferior a la cuantía total máxima de la disposición dineraria indicada
en la presente cláusula, la cuantía de la subvención quedará ajustada al citado gasto real.
Novena. Compatibilidad de la ayuda.
1. L
a ayuda concedida en el marco del Mecanismo se sumará a la proporcionada con arreglo a
otros programas e instrumentos de la Unión Europea. El proyecto de inversión podrá recibir
ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión siempre que dicha ayuda no cubra
el mismo coste.
2. L
a actuación objeto del convenio podrá obtener financiación a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) o del Banco Europeo de Inversiones (BEI), siempre que esta financiación
no se destine a cubrir los mismos costes que los atendidos por la subvención objeto del
convenio.
Décima. Ejecución de la actuación.
1. E
l Ayuntamiento se obliga a ejecutar la actuación objeto del presente convenio, en sus
fases de elaboración de proyecto y de ejecución de la obra, recurriendo a la contratación
con terceros.
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
6280
Miércoles 25 de enero de 2023
BENEFICIARIO
ANUALIDAD
IMPORTE
(sin IVA)
CENTRO
GESTOR
FONDO
PROG.
FINANC.
POSICIÓN
PRESUPUESTARIA
2022
00,00 €
160050000
MR01C01I01
20220568
G/353C/76000
2023
800.000,00 €
160050000
MR01C01I01
20220568
G/353C/76000
2024
900.000,00 €
160050000
MR01C01I01
20220568
G/353C/76000
AYUNTAMIENTO
DE DON
BENITO
TOTAL:
1.700.000 €
3. E
n aplicación del apartado 2 de la cláusula séptima, en el supuesto de que el importe real
de la inversión supere la cuantía total máxima de la disposición dineraria indicada en la
presente cláusula, el abono del exceso sobre la misma será satisfecho con cargo a los recursos propios del Ayuntamiento.
4. E
n aplicación del apartado 2 de la cláusula séptima, en el supuesto de que el importe real
de la inversión sea inferior a la cuantía total máxima de la disposición dineraria indicada
en la presente cláusula, la cuantía de la subvención quedará ajustada al citado gasto real.
Novena. Compatibilidad de la ayuda.
1. L
a ayuda concedida en el marco del Mecanismo se sumará a la proporcionada con arreglo a
otros programas e instrumentos de la Unión Europea. El proyecto de inversión podrá recibir
ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión siempre que dicha ayuda no cubra
el mismo coste.
2. L
a actuación objeto del convenio podrá obtener financiación a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) o del Banco Europeo de Inversiones (BEI), siempre que esta financiación
no se destine a cubrir los mismos costes que los atendidos por la subvención objeto del
convenio.
Décima. Ejecución de la actuación.
1. E
l Ayuntamiento se obliga a ejecutar la actuación objeto del presente convenio, en sus
fases de elaboración de proyecto y de ejecución de la obra, recurriendo a la contratación
con terceros.
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU