Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060252)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del "Acuerdo por el que se regulan los criterios generales de la carrera profesional horizontal del personal del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja".
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NÚMERO 17
Miércoles 25 de enero de 2023
6372
Municipal incluir ya un modelo de carrera administrativa horizontal, tanto para el personal
funcionario/a de carrera como para el personal laboral fijo, temporal e interinos.
ACUERDO
Primero. Ámbito Personal.
El personal que presta servicios en el Ayuntamiento de Moraleja y que tenga la condición
de empleada o empleado público, desde su toma de posesión y/o firma del correspondiente
contrato o nombramiento, podrá progresar profesionalmente en su carrera administrativa sin
necesidad de cambiar de puesto de trabajo, cuando cumpla las condiciones y requisitos que se
establezcan en el presente texto y demás documentos que se aprueben por el Ayuntamiento
de Moraleja, que deberán adaptarse en sus principios básicos a lo previsto en el TREBEP y en
la legislación sobre Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Características.
La carrera profesional en el Ayuntamiento de Moraleja, a la que se refiere el artículo anterior,
reunirá las siguientes características:
— Voluntaria
— Independiente de la Escala Jerárquica.
— Objetivable y mensurable.
— Evaluable por la Mesa General de Negociación, sin perjuicio de la autoevaluación previa
del personal afectado.
— Establecimiento de perfiles profesionales con reconocimiento específico.
— Los méritos tenidos en cuenta para el acceso a un Nivel no podrán utilizarse para el
acceso a otro.
Tercero. Niveles.
La carrera profesional constará de un nivel inicial y cuatro Niveles consecutivos, a los que se
accederá en función del número de años mínimos de ejercicio profesional establecido en la escala que figura como Anexo I del presente documento y previa a la correspondiente evaluación:
— Nivel Inicial.
— Nivel Uno.
Miércoles 25 de enero de 2023
6372
Municipal incluir ya un modelo de carrera administrativa horizontal, tanto para el personal
funcionario/a de carrera como para el personal laboral fijo, temporal e interinos.
ACUERDO
Primero. Ámbito Personal.
El personal que presta servicios en el Ayuntamiento de Moraleja y que tenga la condición
de empleada o empleado público, desde su toma de posesión y/o firma del correspondiente
contrato o nombramiento, podrá progresar profesionalmente en su carrera administrativa sin
necesidad de cambiar de puesto de trabajo, cuando cumpla las condiciones y requisitos que se
establezcan en el presente texto y demás documentos que se aprueben por el Ayuntamiento
de Moraleja, que deberán adaptarse en sus principios básicos a lo previsto en el TREBEP y en
la legislación sobre Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Características.
La carrera profesional en el Ayuntamiento de Moraleja, a la que se refiere el artículo anterior,
reunirá las siguientes características:
— Voluntaria
— Independiente de la Escala Jerárquica.
— Objetivable y mensurable.
— Evaluable por la Mesa General de Negociación, sin perjuicio de la autoevaluación previa
del personal afectado.
— Establecimiento de perfiles profesionales con reconocimiento específico.
— Los méritos tenidos en cuenta para el acceso a un Nivel no podrán utilizarse para el
acceso a otro.
Tercero. Niveles.
La carrera profesional constará de un nivel inicial y cuatro Niveles consecutivos, a los que se
accederá en función del número de años mínimos de ejercicio profesional establecido en la escala que figura como Anexo I del presente documento y previa a la correspondiente evaluación:
— Nivel Inicial.
— Nivel Uno.