Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060232)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación de fabricación de carbón vegetal, cuyo promotor es Hermanos Vega Sequedo, SL, en el término municipal de Zahínos (Badajoz).
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NÚMERO 17
Miércoles 25 de enero de 2023
6413
A pesar de que en el proyecto se afirma que no se requiere la corta de ninguna encina,
para minimizar la posible afección al arbolado residual que pueda subsistir, el replanteo de
los trabajos se realizará en presencia del Agente del Medio Natural de la zona que deberá
ser avisado por el promotor con antelación.
Se considera que la actividad no causará impactos ambientales significativos siempre y
cuando se cumplan las siguientes medidas preventivas, protectoras, correctoras, compensatorias y compensatorias:
• Medidas de carácter general
1. Deberán cumplirse la totalidad de las medidas y directrices establecidas en el documento ambiental y en subsanaciones presentadas, a excepción de aquellas que contradigan a las incluidas en el presente informe.
2. Se informará del contenido de esta autorización a los operarios que realicen las actividades, así mismo, se dispondrá de una copia del presente informe.
3. Con respecto a la protección del patrimonio arqueológico, se deberá aportar a la
DGBAPC el perceptivo documento de viabilidad arqueológica y etnográfica para cada
una de las fases (construcción, operativa o desmantelamiento) que se lleven a cabo.
Este documento debe establecer los criterios técnicos y metodológicos que deberán
adoptarse por el promotor para el correcto desarrollo de la actividad propuesta, y
estará basado en las recomendaciones de los servicios técnicos de la DGBAPC.
• Medidas preventivas y correctoras en la fase de construcción
1. Antes de comenzar los trabajos se contactará con el Agente de Medio Natural de la
zona, a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos. La
conclusión de los trabajos se comunicará igualmente al Agente de Medio Natural de la
zona, con el fin de comprobar que se han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.
2. S
e procederá previamente al inicio de las obras y los movimientos de tierra que conlleven, a la retirada selectiva del substrato edáfico para su utilización en las labores
de restauración definitivas. Los movimientos de tierra serán los mínimos imprescindibles.
3. Todas las superficies de actuación quedarán señalizadas en el replanteo, las áreas
situadas fuera se considerarán zonas restringidas al paso y movimiento de la maquinaria.
Miércoles 25 de enero de 2023
6413
A pesar de que en el proyecto se afirma que no se requiere la corta de ninguna encina,
para minimizar la posible afección al arbolado residual que pueda subsistir, el replanteo de
los trabajos se realizará en presencia del Agente del Medio Natural de la zona que deberá
ser avisado por el promotor con antelación.
Se considera que la actividad no causará impactos ambientales significativos siempre y
cuando se cumplan las siguientes medidas preventivas, protectoras, correctoras, compensatorias y compensatorias:
• Medidas de carácter general
1. Deberán cumplirse la totalidad de las medidas y directrices establecidas en el documento ambiental y en subsanaciones presentadas, a excepción de aquellas que contradigan a las incluidas en el presente informe.
2. Se informará del contenido de esta autorización a los operarios que realicen las actividades, así mismo, se dispondrá de una copia del presente informe.
3. Con respecto a la protección del patrimonio arqueológico, se deberá aportar a la
DGBAPC el perceptivo documento de viabilidad arqueológica y etnográfica para cada
una de las fases (construcción, operativa o desmantelamiento) que se lleven a cabo.
Este documento debe establecer los criterios técnicos y metodológicos que deberán
adoptarse por el promotor para el correcto desarrollo de la actividad propuesta, y
estará basado en las recomendaciones de los servicios técnicos de la DGBAPC.
• Medidas preventivas y correctoras en la fase de construcción
1. Antes de comenzar los trabajos se contactará con el Agente de Medio Natural de la
zona, a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos. La
conclusión de los trabajos se comunicará igualmente al Agente de Medio Natural de la
zona, con el fin de comprobar que se han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.
2. S
e procederá previamente al inicio de las obras y los movimientos de tierra que conlleven, a la retirada selectiva del substrato edáfico para su utilización en las labores
de restauración definitivas. Los movimientos de tierra serán los mínimos imprescindibles.
3. Todas las superficies de actuación quedarán señalizadas en el replanteo, las áreas
situadas fuera se considerarán zonas restringidas al paso y movimiento de la maquinaria.