Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060232)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación de fabricación de carbón vegetal, cuyo promotor es Hermanos Vega Sequedo, SL, en el término municipal de Zahínos (Badajoz).
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NÚMERO 17
Miércoles 25 de enero de 2023

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— La ubicación de las chimeneas deberá ser tal que las naves u otros obstáculos cercanos
no dificulten la dispersión de la emisión.
— Las chimeneas deberán contar un tramo recto y de sección de paso constante previo a la
expulsión de gases residuales con una longitud de 2,5 veces del diámetro interior en el caso
de chimeneas de sección circular o 2,5 veces el diámetro hidráulico equivalente (4 veces la
sección de paso entre el perímetro de mojado) en el caso de chimeneas de otra sección.
— En caso necesario, las chimeneas deberán contar un sistema de impulsión de gases y un
sistema de aislamiento térmico que aseguren una velocidad de salida y una temperatura
de humos, respectivamente, suficientes para la adecuada dispersión de los contaminantes emitidos en la atmósfera. A tal efecto, para los hornos de mampostería, los valores
mínimos a considerar son los considerados en el estudio de dispersión de contaminantes
incluidos con la solicitud de autorización ambiental unificada: 7,30 m/s de velocidad de
salida de los gases y 828 ºC de temperatura de salida de los gases. Para el horno en
continuo las temperaturas de salida serán de, al menos, para el foco 8 de 858 ºC y para
el foco 7 de 253 ºC.
— Las chimeneas deberán contar con dos puntos de acceso para la medición de los gases
residuales diametralmente opuestos y ubicados en la mitad del tramo recto y de sección
de paso constante indicado en el párrafo anterior. Estos orificios deberán contar con un
diámetro de 10 cm y estarán dotados de tapa. En el caso de chimeneas de diámetro interior inferior a 70 cm, sólo será preciso un punto de medición. Los puntos de medición
deberán ser accesibles, bien mediante plataformas fijas o bien mediante estructuras de
montaje al efecto.
6. A
 unque esto no le exime del cumplimiento de la legislación vigente en materia de contaminación atmosférica y más concretamente en lo referente a los valores límite de emisión, se
citan como medidas preventivas, conforme a la documentación presentada en el proyecto:
— Según informe de dispersión de gases emitido por el técnico del proyecto, fechado el 12
de enero del año 2022, la instalación de carbón vegetal cumple con lo establecido en la
legislación en materia de la calidad del aire.
No obstante, en función de la experiencia recabada sobre la afección a la atmósfera y a la
salud de las personas, podrá modificarse de oficio la autorización para añadir valores límite
de emisión y/o medidas técnicas complementarias o sustitutorias.
7. E
 l ejercicio de la actividad industrial que mediante el presente acto se autoriza, se llevará a
cabo dando debido cumplimiento a los valores de inmisión que se recogen en los estudios
aportados por el promotor del proyecto en su solicitud de autorización ambiental unificada,