Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Política Agraria Comunitaria. (2023040024)
Decreto 4/2023, de 20 de enero, por el que se regula la estructura de gobernanza del Plan Estrátegico de la Política Agrícola Común 2023-2027 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 17
Miércoles 25 de enero de 2023

6063

DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
El presente decreto tiene por objeto establecer la estructura de gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
haciendo la designación de autoridades y atribución de funciones en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en virtud del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas
en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros
en el marco de la política agrícola común, financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de
Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se
derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013; del Reglamento (UE)
2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el
Reglamento (UE) n.º 1306/2013; y del Real Decreto 1046/2022, de 27 de diciembre, por el
que se regula la gobernanza del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común en España y de
los fondos europeos agrícolas FEAGA y FEADER.
Asimismo, mediante de este decreto se crea el Comité regional de seguimiento del Plan Estratégico de la PAC 2023- 2027, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.6 del Real Decreto
de Gobernanza, y en el artículo 124 del Reglamento (UE) 2021/2115.
Artículo 2. Autoridad regional de gestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto de Gobernanza, corresponde a las Autoridades regionales de gestión ejercer, en su ámbito funcional y territorial de
competencia, las funciones establecidas en el artículo 123.2 del Reglamento (UE) 2021/2115,
con las salvedades establecidas en el mismo.
1.1. A
 utoridad regional de gestión del PEPAC.
La Consejería competente en materia de agricultura es la Autoridad Regional de gestión
del PEPAC, y será responsable de la ejecución del PEPAC en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Ejercerá las funciones establecidas en el artículo 123.2 del
Reglamento (UE) 2021/2115 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de
conformidad con lo establecido en el artículo 3.2. del Real Decreto de Gobernanza, y en
coordinación con la Autoridad regional de gestión de FEADER, en lo relativo a las intervenciones financiadas con fondos FEADER.