Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Incentivos A La Inversión. Ayudas. (2023040021)
Decreto 1/2023, de 11 de enero, por el que se establece un régimen de incentivos autonómicos a la inversión empresarial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 17
Miércoles 25 de enero de 2023
6121
ficiario asegurará, en la medida de lo posible, la disponibilidad de información adecuada
donde se destaque la ayuda de los Fondos, en un lugar visible para el público o mediante
una pantalla electrónica.
3. En las medidas financiadas con fondos propios de la Comunidad Autónoma, cuando la subvención concedida supere los 6.000 €, las empresas beneficiarias de las ayudas vendrán
obligados a colocar distintivos anunciadores sobre la ayuda concedida al proyecto de inversión acorde a lo dispuesto en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales
de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
Disposición adicional única. Convocatoria de ayudas destinadas a establecer un régimen de incentivos autonómicos a la inversión empresarial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
1. Objeto.
Se aprueba la primera convocatoria de ayudas a la inversión empresarial en el ámbito de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente convocatoria incluye las tres modalidades de ayudas establecidas en el artículo
11 de las bases reguladoras.
2. Beneficiarios.
a. Sin perjuicio de las peculiaridades establecidas en el decreto de bases reguladora en
cada una de las modalidades de ayudas, tendrán la consideración de beneficiarios las
empresas, y en especial, las pymes, que proyecten llevar a cabo una inversión en un
centro de trabajo o establecimiento operativo localizado en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en aquellos sectores de actividad considerados como subvencionables con
arreglo a este decreto.
Por empresa, de acuerdo con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, se entiende
toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica.
Tratándose de personas físicas el beneficiario de la ayuda tendrá que estar en situación
de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en una mutua de previsión
social alternativa a la Seguridad Social.
b. Quedan excluidas de este régimen de ayudas las empresas sin ánimo de lucro, las empresas públicas, las participadas mayoritariamente por éstas, las entidades de derecho
público, las asociaciones y las fundaciones.
Miércoles 25 de enero de 2023
6121
ficiario asegurará, en la medida de lo posible, la disponibilidad de información adecuada
donde se destaque la ayuda de los Fondos, en un lugar visible para el público o mediante
una pantalla electrónica.
3. En las medidas financiadas con fondos propios de la Comunidad Autónoma, cuando la subvención concedida supere los 6.000 €, las empresas beneficiarias de las ayudas vendrán
obligados a colocar distintivos anunciadores sobre la ayuda concedida al proyecto de inversión acorde a lo dispuesto en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales
de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
Disposición adicional única. Convocatoria de ayudas destinadas a establecer un régimen de incentivos autonómicos a la inversión empresarial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
1. Objeto.
Se aprueba la primera convocatoria de ayudas a la inversión empresarial en el ámbito de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La presente convocatoria incluye las tres modalidades de ayudas establecidas en el artículo
11 de las bases reguladoras.
2. Beneficiarios.
a. Sin perjuicio de las peculiaridades establecidas en el decreto de bases reguladora en
cada una de las modalidades de ayudas, tendrán la consideración de beneficiarios las
empresas, y en especial, las pymes, que proyecten llevar a cabo una inversión en un
centro de trabajo o establecimiento operativo localizado en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en aquellos sectores de actividad considerados como subvencionables con
arreglo a este decreto.
Por empresa, de acuerdo con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, se entiende
toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica.
Tratándose de personas físicas el beneficiario de la ayuda tendrá que estar en situación
de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en una mutua de previsión
social alternativa a la Seguridad Social.
b. Quedan excluidas de este régimen de ayudas las empresas sin ánimo de lucro, las empresas públicas, las participadas mayoritariamente por éstas, las entidades de derecho
público, las asociaciones y las fundaciones.