Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060231)
Resolución de 10 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento de residuos no peligrosos, cuyo promotor es Metals World Wide Trader, SL, en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz).
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NÚMERO 16
Martes 24 de enero de 2023
5854
8. E
l titular de la instalación deberá constituir una fianza, para el total de las instalaciones que
engloba la presente resolución en función del artículo 16 del Decreto 20/2011, de 25 de
febrero, por el que establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los
residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura, calculada en base a las directrices establecidas Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre
las garantías financieras en materia de residuos, por valor de 7.000 € (siete mil euros).
El concepto de la fianza será: “Para responder de las obligaciones que, frente a la administración, se deriven del ejercicio de la actividad de gestión de residuos, incluida la ejecución
subsidiaria y la imposición de las sanciones previstas legalmente”.
La cuantía de la fianza deberá actualizarse conforme al artículo 7, del Real Decreto 208/2022,
de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.
La fianza podrá constituirse de cualquiera de las formas que permite el artículo 8 de la
Orden de 1 de julio de 1994, por el que se desarrolla el Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se regula el Régimen de Tesorería y Pagos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
9. El titular de la instalación deberá constituir un seguro de responsabilidad civil conforme a lo
establecido en el artículo 8 del Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías
financieras en materia de residuos, que cubra el riesgo de indemnización por los posibles
daños causados a terceras personas o sus cosas, derivado del ejercicio de su actividad de
gestión de residuos. La cuantía asegurada se establecerá teniendo en cuenta la cuantía
mínima indicada en el anexo IV, del Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo.
Dicho seguro deberá cubrir las indemnizaciones por muerte, lesiones o enfermedades de las
personas; las indemnizaciones debidas por daños en las cosas; los costes de reparación y
recuperación del medio ambiente alterado; los daños accidentales como la contaminación
gradual. El titular de la instalación deberá remitir a la Dirección General de Sostenibilidad
fotocopia compulsada de las condiciones generales y particulares.
El importe del seguro será actualizado anualmente en el porcentaje de variación que experimente el índice general de precios oficialmente publicado por el Instituto Nacional de
Estadística. El referido porcentaje se aplicará cada año sobre la cifra de capital asegurado
del período inmediatamente anterior.
En el supuesto de suspensión de la cobertura de los riesgos asegurados o de extinción del
contrato del seguro por cualquier causa, el titular de la instalación deberá comunicar tales
hechos de inmediato a la Dirección General de Sostenibilidad y la AAU quedará suspendida,
no pudiendo ejercerse la actividad objeto de la misma.
Martes 24 de enero de 2023
5854
8. E
l titular de la instalación deberá constituir una fianza, para el total de las instalaciones que
engloba la presente resolución en función del artículo 16 del Decreto 20/2011, de 25 de
febrero, por el que establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los
residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura, calculada en base a las directrices establecidas Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre
las garantías financieras en materia de residuos, por valor de 7.000 € (siete mil euros).
El concepto de la fianza será: “Para responder de las obligaciones que, frente a la administración, se deriven del ejercicio de la actividad de gestión de residuos, incluida la ejecución
subsidiaria y la imposición de las sanciones previstas legalmente”.
La cuantía de la fianza deberá actualizarse conforme al artículo 7, del Real Decreto 208/2022,
de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.
La fianza podrá constituirse de cualquiera de las formas que permite el artículo 8 de la
Orden de 1 de julio de 1994, por el que se desarrolla el Decreto 25/1994, de 22 de febrero, por el que se regula el Régimen de Tesorería y Pagos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
9. El titular de la instalación deberá constituir un seguro de responsabilidad civil conforme a lo
establecido en el artículo 8 del Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías
financieras en materia de residuos, que cubra el riesgo de indemnización por los posibles
daños causados a terceras personas o sus cosas, derivado del ejercicio de su actividad de
gestión de residuos. La cuantía asegurada se establecerá teniendo en cuenta la cuantía
mínima indicada en el anexo IV, del Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo.
Dicho seguro deberá cubrir las indemnizaciones por muerte, lesiones o enfermedades de las
personas; las indemnizaciones debidas por daños en las cosas; los costes de reparación y
recuperación del medio ambiente alterado; los daños accidentales como la contaminación
gradual. El titular de la instalación deberá remitir a la Dirección General de Sostenibilidad
fotocopia compulsada de las condiciones generales y particulares.
El importe del seguro será actualizado anualmente en el porcentaje de variación que experimente el índice general de precios oficialmente publicado por el Instituto Nacional de
Estadística. El referido porcentaje se aplicará cada año sobre la cifra de capital asegurado
del período inmediatamente anterior.
En el supuesto de suspensión de la cobertura de los riesgos asegurados o de extinción del
contrato del seguro por cualquier causa, el titular de la instalación deberá comunicar tales
hechos de inmediato a la Dirección General de Sostenibilidad y la AAU quedará suspendida,
no pudiendo ejercerse la actividad objeto de la misma.