Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060202)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Modernización de regadíos en la Comunidad de Regantes de Guadiana Sector - E1", en los términos municipales de Montijo, Badajoz, Guadiana y Pueblonuevo del Guadiana (Badajoz), cuya promotora es la Comunidad de Regantes de Guadiana. Expte.: IA22/0543.
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NÚMERO 15
Lunes 23 de enero de 2023
5613
se cumplan las medidas establecidas al efecto tanto en el presente informe como las
indicadas en el documento ambiental.
3.3.6. Paisaje.
Los trabajos proyectados no generarán ningún cambio sustancial en el actual paisaje de
la zona, caracterizado por tratarse de una zona con un elevado grado de antropización
dedicada a la actividad agrícolas en régimen de regadío.
3.3.7. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas y polvo derivadas de los
trabajos proyectados (movimientos de tierras, construcción de zanjas, transporte y carga de materiales, etc.), por gases derivados de la combustión y compuestos orgánicos
volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los
niveles sonoros. Una vez concluidas las obras esta afección desaparece. No obstante,
deberán cumplirse las medidas preventivas al respecto incorporadas en el presente
informe, así como las incluidas en el documento ambiental.
3.3.8. Patrimonio arqueológico.
Consultadas las bases de datos arqueológicas disponibles, no se ha detectado la existencia de elementos de naturaleza arqueológica en la zona de actuación del proyecto
La amplia superficie abarcada unido a las características de las actuaciones, lleva a
considerar que el patrimonio arqueológico no va a ser afectado, a pesar de lo cual, en el
informe emitido por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural,
se establecen recomendaciones para la protección de aquel patrimonio arqueológico no
detectado en superficie que pudiera verse implicado.
De esta manera, se estima que la promotora del proyecto podrá reunir las medidas
adecuadas que caractericen, prevengan y minimicen afecciones al Patrimonio Cultural.
3.3.9. Infraestructuras y bienes materiales.
Según el informe emitido por la Sección de Vías Pecuarias, del Servicio de Infraestructuras del Medio Rural, el proyecto no afecta a ninguna de las vías pecuarias clasificadas
en los términos municipales de la zona de actuación, en cumplimiento de la legislación
vigente en materia de vías pecuarias (Ley 3/1995, de 23 de marzo, Decreto 49/2000,
de 8 de marzo, y Ley 6/2015, de 24 de marzo).
Por otro lado, la zona de actuación se ubica dentro de la zona Regable de Montijo. Algunas de las actuaciones previstas se instalarían en conducciones cuya gestión corres-
Lunes 23 de enero de 2023
5613
se cumplan las medidas establecidas al efecto tanto en el presente informe como las
indicadas en el documento ambiental.
3.3.6. Paisaje.
Los trabajos proyectados no generarán ningún cambio sustancial en el actual paisaje de
la zona, caracterizado por tratarse de una zona con un elevado grado de antropización
dedicada a la actividad agrícolas en régimen de regadío.
3.3.7. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas y polvo derivadas de los
trabajos proyectados (movimientos de tierras, construcción de zanjas, transporte y carga de materiales, etc.), por gases derivados de la combustión y compuestos orgánicos
volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria, así como aumento de los
niveles sonoros. Una vez concluidas las obras esta afección desaparece. No obstante,
deberán cumplirse las medidas preventivas al respecto incorporadas en el presente
informe, así como las incluidas en el documento ambiental.
3.3.8. Patrimonio arqueológico.
Consultadas las bases de datos arqueológicas disponibles, no se ha detectado la existencia de elementos de naturaleza arqueológica en la zona de actuación del proyecto
La amplia superficie abarcada unido a las características de las actuaciones, lleva a
considerar que el patrimonio arqueológico no va a ser afectado, a pesar de lo cual, en el
informe emitido por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural,
se establecen recomendaciones para la protección de aquel patrimonio arqueológico no
detectado en superficie que pudiera verse implicado.
De esta manera, se estima que la promotora del proyecto podrá reunir las medidas
adecuadas que caractericen, prevengan y minimicen afecciones al Patrimonio Cultural.
3.3.9. Infraestructuras y bienes materiales.
Según el informe emitido por la Sección de Vías Pecuarias, del Servicio de Infraestructuras del Medio Rural, el proyecto no afecta a ninguna de las vías pecuarias clasificadas
en los términos municipales de la zona de actuación, en cumplimiento de la legislación
vigente en materia de vías pecuarias (Ley 3/1995, de 23 de marzo, Decreto 49/2000,
de 8 de marzo, y Ley 6/2015, de 24 de marzo).
Por otro lado, la zona de actuación se ubica dentro de la zona Regable de Montijo. Algunas de las actuaciones previstas se instalarían en conducciones cuya gestión corres-