Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060173)
Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Actuaciones forestales en una superficie de 105,45 ha en la finca Llanos de la Carrasca", en los términos municipales de Puebla de la Reina y Hornachos (Badajoz). Expte.: IA21/0677.
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NÚMERO 15

5553

Lunes 23 de enero de 2023

B.2. Trámite de consultas a las Administraciones Públicas.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 67 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General
de Sostenibilidad, simultáneamente al trámite de información pública, consultó a las Administraciones Públicas afectadas. Las consultas realizadas se relacionan en la tabla adjunta.
Se han señalado con una “X” aquellas Administraciones Públicas que han emitido informe
en respuesta a dichas consultas.
RELACIÓN DE CONSULTADOS

RESPUESTAS

Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas. Dirección General de
Sostenibilidad

X

Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural

X

Confederación Hidrográfica del Guadiana

X

Ayuntamiento de Puebla de la Reina

-

Ayuntamiento de Hornachos

-

Servicio de Ordenación del Territorio. Dirección General de Urbanismo y Ordenación
del Territorio.

X

Servicio de Urbanismo. Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.

-

Servicio de Ordenación y Gestión Forestal. Dirección General de Política Forestal.

X

Servicio de Producción Agraria. Dirección General de Agricultura y Ganadería.

X

Agentes del Medio Natural. Dirección General de Política Forestal

X

A continuación, se resumen los aspectos ambientales más significativos contenidos en los
informes recibidos.
1. C
 on fecha 29 de julio de 2021, el Servicio de Producción Agraria remite una copia de la
comunicación de improcedencia del cambio de cultivo remitida a la promotora. En esta
comunicación se le indica a la promotora que no procede tramitar su solicitud de cambio
de uso forestal a agrícola al considerar que, al solicitar autorización para destinar los
terrenos a cultivos agrícolas temporales, los cuales están fuera del ámbito de aplicación
definido en el artículo 1 del Decreto 57/2018, de15 de mayo, por el que se regulan los
cambios de uso de suelo forestal a cultivos agrícolas en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, el cual limita la autorización de cambio de uso forestal a los casos en los
que se pretendan implantar cultivos agrícolas permanentes en terrenos forestales.