Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022064251)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo y la Fundación de Hermanos para la Igualdad y la Inclusión Social (FUNDHEX) para el desarrollo de un Programa de Formación y Empleo dirigido a las personas con discapacidad intelectual de la provincia de Badajoz.
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NÚMERO 14
Viernes 20 de enero de 2023
4867
— Proporcionar a las personas con discapacidad un servicio eficaz y accesible de formación
y pre-inserción laboral en contextos normalizados.
— Trabajar con familiares de personas con discapacidad intelectual, dotándolos de herramientas y técnicas específicas liberadoras para afrontar situaciones diarias estresantes
que se pueden generar convivir con personas con discapacidad intelectual.
— Empoderar a las personas con discapacidad intelectual y a sus familiares dotándolos de
perspectiva de género, para lograr la normalización de las mujeres con discapacidad en
el mundo laboral y familiar.
— Dotar de herramientas necesarias para el uso de las nuevas tecnologías a las personas
usuarias directas del programa.
Cuarta. Formación, metodología y actuaciones.
1. L
a formación, metodología y actuaciones previstas en este convenio serán responsabilidad
del siguiente personal técnico adscrito a la ejecución del programa:
— Dos perfiles técnicos /preparación laboral, con dedicación al proyecto al 70 %.
— Auxiliar administrativo con discapacidad intelectual, con dedicación al proyecto del 20 %.
— Servicios profesionales de psicología y/o coaching financiados por FUNDHEX.
2. D
icho personal, con la dedicación o adscripción al programa que se indica en el apartado
anterior se financiará por ambas partes de acuerdo con lo establecido en la cláusula octava
de este convenio.
3. L
a formación teórica y práctica a impartir y las actuaciones a desarrollar por el referido
personal, a fin de fomentar el acceso al mundo laboral en empresas u otras entidades de
los destinatarios del convenio, se centra en la aplicación de una metodología denominada
“Empleo con Apoyo”, mediante la que se aspira a lograr una plena inclusión del referido
colectivo, promoviendo, concienciando y formando en vida independiente, sin necesidad de
una continua asistencia por parte del ámbito familiar.
La formación para el empleo de las personas con discapacidad intelectual no debe considerarse como una forma de ocupar el tiempo libre de las personas con discapacidad, sino
como una estrategia responsable dirigida a lograr un empleo normalizado, con un diseño
de los programas formativos laborales que necesariamente ha de ser individual y personalizado. Por ello es un error diseñar programas formativos genéricos, sino que es preciso
que en cada caso particular se evalúen los niveles iniciales que presentan los destinatarios
Viernes 20 de enero de 2023
4867
— Proporcionar a las personas con discapacidad un servicio eficaz y accesible de formación
y pre-inserción laboral en contextos normalizados.
— Trabajar con familiares de personas con discapacidad intelectual, dotándolos de herramientas y técnicas específicas liberadoras para afrontar situaciones diarias estresantes
que se pueden generar convivir con personas con discapacidad intelectual.
— Empoderar a las personas con discapacidad intelectual y a sus familiares dotándolos de
perspectiva de género, para lograr la normalización de las mujeres con discapacidad en
el mundo laboral y familiar.
— Dotar de herramientas necesarias para el uso de las nuevas tecnologías a las personas
usuarias directas del programa.
Cuarta. Formación, metodología y actuaciones.
1. L
a formación, metodología y actuaciones previstas en este convenio serán responsabilidad
del siguiente personal técnico adscrito a la ejecución del programa:
— Dos perfiles técnicos /preparación laboral, con dedicación al proyecto al 70 %.
— Auxiliar administrativo con discapacidad intelectual, con dedicación al proyecto del 20 %.
— Servicios profesionales de psicología y/o coaching financiados por FUNDHEX.
2. D
icho personal, con la dedicación o adscripción al programa que se indica en el apartado
anterior se financiará por ambas partes de acuerdo con lo establecido en la cláusula octava
de este convenio.
3. L
a formación teórica y práctica a impartir y las actuaciones a desarrollar por el referido
personal, a fin de fomentar el acceso al mundo laboral en empresas u otras entidades de
los destinatarios del convenio, se centra en la aplicación de una metodología denominada
“Empleo con Apoyo”, mediante la que se aspira a lograr una plena inclusión del referido
colectivo, promoviendo, concienciando y formando en vida independiente, sin necesidad de
una continua asistencia por parte del ámbito familiar.
La formación para el empleo de las personas con discapacidad intelectual no debe considerarse como una forma de ocupar el tiempo libre de las personas con discapacidad, sino
como una estrategia responsable dirigida a lograr un empleo normalizado, con un diseño
de los programas formativos laborales que necesariamente ha de ser individual y personalizado. Por ello es un error diseñar programas formativos genéricos, sino que es preciso
que en cada caso particular se evalúen los niveles iniciales que presentan los destinatarios