Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transporte De Viajeros. Subvenciones. (2023060203)
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones de aplicación de la subvención del 100% del precio del billete, para el año 2023.
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NÚMERO 14
Viernes 20 de enero de 2023



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d. M
 antener la posesión de la tarjeta durante la totalidad del desplazamiento o trayecto
cuyo precio ha sido subvencionado.



e. Acreditar, en su caso, mediante la documentación requerida por el órgano concedente, de conformidad con lo previsto en la presente resolución, el mantenimiento de las
condiciones y requisitos determinantes del reconocimiento de su derecho.

2. E
 l uso fraudulento de la tarjeta o el incumplimiento de las obligaciones establecidas podrá
determinar la aplicación de los criterios de graduación de incumplimientos, a los efectos de
la declaración de pérdida del derecho al cobro de la ayuda, fijados en el artículo 18.1 del
Decreto 83/2017, sin perjuicio de la desactivación electrónica de la tarjeta para su inutilización futura.
Decimonoveno. Régimen de penalización.
1. A
 efectos de garantizar una ordenación racional y equitativa de las plazas de viaje para
todas las personas beneficiarias interesadas, sin perjuicio del derecho de terceros, quedará penalizada la contratación, durante el período de efectos de la presente convocatoria,
de dos viajes de forma anticipada, mediante la adquisición del título de transporte en la
taquilla de la empresa operadora o utilizando un sistema electrónico de venta por internet, cuando los billetes a que se refieren dichos viajes no hayan sido validados en ruta en
la fecha programada y sin que se haya producido la pertinente cancelación previa por la
persona usuaria.
2. L
 a penalización consistirá en la desactivación electrónica de la tarjeta con el fin de impedir,
durante el resto de la vigencia de la convocatoria, que la persona usuaria pueda efectuar
contrataciones de viajes de forma anticipada por cualquiera de los medios que permiten
esta opción.
No obstante, transcurridos tres meses desde la citada desactivación, la persona beneficiaria
podrá interesar, mediante el formulario contenido en el anexo II, la activación electrónica
de la función deshabilitada, acompañado del justificante de ingreso (modelo 050) acreditativo del pago de la tasa.
Vigésimo. Procedimiento de reembolso de bonificaciones a las entidades
colaboradoras.
1. L
 as entidades colaboradoras conservarán, respecto del régimen especial previsto en la presente disposición, los mismos derechos y obligaciones contenidos en las bases reguladoras
para el régimen ordinario, de conformidad con lo previsto en los respectivos convenios de
colaboración suscritos con el órgano concedente, sin perjuicio de las adendas modificativas