Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Violencia De Género. Subvenciones. (2023060124)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se resuelve el procedimiento de concesión de subvenciones convocadas al amparo de la Resolución de 22 de agosto de 2022, por la que se convocan subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de sensibilización y prevención de la violencia de género.
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NÚMERO 12
Miércoles 18 de enero de 2023
4371
nalmente de la entidad beneficiaria de la subvención, a quién corresponde el cumplimiento
de las obligaciones laborales y sociales que resulten de aplicación conforme a la normativa
vigente.
Quinto. Subcontratación de las actividades.
Por razón de la naturaleza de las actividades que integran los proyectos subvencionados, se
podrá autorizar la subcontratación parcial por un máximo del 50% del importe de las actividades subvencionadas, siempre y cuando se haya especificado previamente en el proyecto
respectivo, en los términos recogidos en el resuelvo decimoctavo de la convocatoria.
Sexto. Plazo de ejecución y temporalización.
La ejecución de los proyectos tendrá un plazo de ejecución que en todo caso no podrá extenderse más allá del 31 de diciembre de 2022.
Séptimo. Financiación.
1. L
as cuantías de las subvenciones concedidas se financiarán con cargo los créditos consignados en la aplicación presupuestaria 170010000 G/253A/48900 Fondo TE25006001
Proyecto 20210034.
2. En ningún caso el importe de las subvenciones podrá ser de tal cuantía que, aisladamente
o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de
las actividades subvencionadas.
Octavo. Pago de la Subvención.
El pago de la subvención se ajustará al procedimiento establecido en el resuelvo decimonoveno de la convocatoria y se realizará en un único abono una vez dictada la resolución de
concesión y previa presentación por parte de la entidad beneficiaria, en el plazo de 10 días
siguientes a la notificación de la citada resolución, de una declaración responsable de la persona que ejerza la representación legal de la entidad del cumplimiento de la adopción de las
medidas de publicidad acompañada de fotografía de la placa identificativa de la subvención
concedida conforme a las especificaciones del Manual de Identidad Corporativa de la Junta de
Extremadura.
Dicho pago tendrá el carácter de pago anticipado, sin necesidad de garantía alguna, de conformidad con lo dispuesto en el Informe favorable de 28 de junio de 2022 emitido por la
Secretaría General de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración
Pública de la Junta de Extremadura y solicitado para dar cumplimiento a lo preceptuado en el
artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, relativo a los pagos a cuenta o anticipados y exención de garantías.
Miércoles 18 de enero de 2023
4371
nalmente de la entidad beneficiaria de la subvención, a quién corresponde el cumplimiento
de las obligaciones laborales y sociales que resulten de aplicación conforme a la normativa
vigente.
Quinto. Subcontratación de las actividades.
Por razón de la naturaleza de las actividades que integran los proyectos subvencionados, se
podrá autorizar la subcontratación parcial por un máximo del 50% del importe de las actividades subvencionadas, siempre y cuando se haya especificado previamente en el proyecto
respectivo, en los términos recogidos en el resuelvo decimoctavo de la convocatoria.
Sexto. Plazo de ejecución y temporalización.
La ejecución de los proyectos tendrá un plazo de ejecución que en todo caso no podrá extenderse más allá del 31 de diciembre de 2022.
Séptimo. Financiación.
1. L
as cuantías de las subvenciones concedidas se financiarán con cargo los créditos consignados en la aplicación presupuestaria 170010000 G/253A/48900 Fondo TE25006001
Proyecto 20210034.
2. En ningún caso el importe de las subvenciones podrá ser de tal cuantía que, aisladamente
o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de
las actividades subvencionadas.
Octavo. Pago de la Subvención.
El pago de la subvención se ajustará al procedimiento establecido en el resuelvo decimonoveno de la convocatoria y se realizará en un único abono una vez dictada la resolución de
concesión y previa presentación por parte de la entidad beneficiaria, en el plazo de 10 días
siguientes a la notificación de la citada resolución, de una declaración responsable de la persona que ejerza la representación legal de la entidad del cumplimiento de la adopción de las
medidas de publicidad acompañada de fotografía de la placa identificativa de la subvención
concedida conforme a las especificaciones del Manual de Identidad Corporativa de la Junta de
Extremadura.
Dicho pago tendrá el carácter de pago anticipado, sin necesidad de garantía alguna, de conformidad con lo dispuesto en el Informe favorable de 28 de junio de 2022 emitido por la
Secretaría General de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración
Pública de la Junta de Extremadura y solicitado para dar cumplimiento a lo preceptuado en el
artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, relativo a los pagos a cuenta o anticipados y exención de garantías.