Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060118)
Resolución de 26 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Estudio informativo de la EX-107. Tramo Badajoz-Olivenza", en los términos municipales de Badajoz y Olivenza. Expte.: IA20/0421.
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NÚMERO 12
Miércoles 18 de enero de 2023
4392
manera que estas inversiones podrían haber sido enfocadas en una movilidad eléctrica
de calidad como es el tren de cercanías eléctrico, electro-tren o similares y más tratándose de una distancia de 26 kilómetros. Lo cual sería una inversión de futuro clara y
ambientalmente-socialmente sostenible.
C. El proyecto debe evaluar, en un supuesto del aumento de transporte por carreteras,
como la mayor oferta de esta semi-autovía puede influir en la atracción de tráfico rodado que utilizase otras rutas. También debe evaluar la influencia de este aumento en las
emisiones por el transporte en partículas nocivas para la calidad del aire o de emisiones
de gases de efecto invernadero.
D. Sobre las vías pecuarias; la vías pecuarias afectadas deben ser repuestas tanto en su
anchura, permeabilidad, paso, superficie, vegetación… además deben ser señalizadas y
su reposición debe ser independiente de la afección a otros caminos o usos públicos. De
manera que se mantengan sus usos principales, complementarios y alternativos. Que
se realicen repoblaciones lineales durante un kilómetro desde la carretera para atenuar
la alteración paisajística desde estas vías pecuarias.
E. Sobre la vegetación afectada; Se debe evitar al máximo la afección a quercíneas de
gran tamaño y reponerlas en todo caso en un número superior al afectado, teniendo en
cuenta la norma Granada y otras equivalentes en la afección de grandes árboles.
F. Sobre la permeabilidad de los pasos; todos los pasos de agua y arroyos deben ser sobredimensionados para permitir el paso de la fauna terrestre e incluso se debe estudiar
la posibilidad de creación de pasos específicos(que no permitan el paso de vehículos
rodados), y además deben ser accesibles y no pueden convertirse en trampas por su
diseño, por lo que no se pueden dejar saltos que puedan impedir el paso de micromamíferos, reptiles, anfibios… con acabados o rampas de poca pendiente a cota cero. Se debe
encauzar a la fauna a través de vallados adecuados y siembra de vegetación. Los pasos
deben ser señalados y mantenidas su funcionalidad a lo largo de la vida de la obra.
G. Sobre la fauna; la afección a especies esteparias debe ser compensada dada la actual
situación de declive de este grupo de avifauna y las afecciones que producirá esta construcción. Por lo que se deben proponer medidas de compensación que afecten a estas
especies.
Estas alegaciones han sido consideradas en el análisis técnico del expediente a la hora de
formular la presente declaración de impacto ambiental y la contestación a las mismas debe
entenderse implícita en las medidas preventivas, protectoras y correctoras a las que se
sujetará la ejecución del proyecto y el desarrollo de la actividad.
Miércoles 18 de enero de 2023
4392
manera que estas inversiones podrían haber sido enfocadas en una movilidad eléctrica
de calidad como es el tren de cercanías eléctrico, electro-tren o similares y más tratándose de una distancia de 26 kilómetros. Lo cual sería una inversión de futuro clara y
ambientalmente-socialmente sostenible.
C. El proyecto debe evaluar, en un supuesto del aumento de transporte por carreteras,
como la mayor oferta de esta semi-autovía puede influir en la atracción de tráfico rodado que utilizase otras rutas. También debe evaluar la influencia de este aumento en las
emisiones por el transporte en partículas nocivas para la calidad del aire o de emisiones
de gases de efecto invernadero.
D. Sobre las vías pecuarias; la vías pecuarias afectadas deben ser repuestas tanto en su
anchura, permeabilidad, paso, superficie, vegetación… además deben ser señalizadas y
su reposición debe ser independiente de la afección a otros caminos o usos públicos. De
manera que se mantengan sus usos principales, complementarios y alternativos. Que
se realicen repoblaciones lineales durante un kilómetro desde la carretera para atenuar
la alteración paisajística desde estas vías pecuarias.
E. Sobre la vegetación afectada; Se debe evitar al máximo la afección a quercíneas de
gran tamaño y reponerlas en todo caso en un número superior al afectado, teniendo en
cuenta la norma Granada y otras equivalentes en la afección de grandes árboles.
F. Sobre la permeabilidad de los pasos; todos los pasos de agua y arroyos deben ser sobredimensionados para permitir el paso de la fauna terrestre e incluso se debe estudiar
la posibilidad de creación de pasos específicos(que no permitan el paso de vehículos
rodados), y además deben ser accesibles y no pueden convertirse en trampas por su
diseño, por lo que no se pueden dejar saltos que puedan impedir el paso de micromamíferos, reptiles, anfibios… con acabados o rampas de poca pendiente a cota cero. Se debe
encauzar a la fauna a través de vallados adecuados y siembra de vegetación. Los pasos
deben ser señalados y mantenidas su funcionalidad a lo largo de la vida de la obra.
G. Sobre la fauna; la afección a especies esteparias debe ser compensada dada la actual
situación de declive de este grupo de avifauna y las afecciones que producirá esta construcción. Por lo que se deben proponer medidas de compensación que afecten a estas
especies.
Estas alegaciones han sido consideradas en el análisis técnico del expediente a la hora de
formular la presente declaración de impacto ambiental y la contestación a las mismas debe
entenderse implícita en las medidas preventivas, protectoras y correctoras a las que se
sujetará la ejecución del proyecto y el desarrollo de la actividad.