Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Violencia De Género. Subvenciones. (2023060049)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
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NÚMERO 12
Miércoles 18 de enero de 2023

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2. Una vez dictada la resolución de concesión, se procederá al pago de la subvención por el
100% del importe previsto la Resolución de Concesión por la que se resuelva la correspondiente convocatoria y se efectuará mediante transferencia a la cuenta bancaria reconocida
en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura, y previa acreditación del cumplimiento de la adopción de las medidas de publicidad exigidas en el Decreto 50/2001, de
3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de
la Junta de Extremadura y en el artículo 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. A
 demás, la Entidad hará constar expresamente que el proyecto se ha financiado con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad (Secretaría de Estado de Igualdad),
debiendo quedar de manera indubitada la financiación del Proyecto por el Pacto de Estado
contra la violencia de género y Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo de
la Junta de Extremadura.
4. P
 ara ello, la entidad beneficiaria deberá presentar por medios electrónicos a la Consejería
de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo, en el plazo de 10 días siguientes a su notificación, declaración responsable de la persona que ejerza la representación legal de la
entidad beneficiaria del cumplimiento de la adopción de las medidas de publicidad, acompañado de fotografía de la placa identificativa de la subvención concedida conforme a las
especificaciones del Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura.
5. La Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo, con carácter previo al pago,
consultará o recabará de oficio los documentos o información de estar la entidad beneficiaria al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda autonómica y frente a la Seguridad Social, salvo que la entidad ejerza su derecho a oposición,
debiendo presentar en este caso Certificación o información acreditativa de que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de otros ingresos de
derecho público con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura o Certificación o información acreditativa de que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones frente a la Seguridad Social, según corresponda.
6. Asimismo, la Consejería de Igualdad y Cooperación para el Desarrollo consultará y recabará
de oficio los documentos o información de estar la entidad beneficiaria al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, previo consentimiento expreso prestado por la entidad beneficiaria. En caso de que la entidad beneficiaria no
preste su consentimiento expreso o lo haya cancelado, deberá presentar Certificación o
información acreditativa de que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.