Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060117)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Depósito de tierras excedentes del proyecto constructivo del tramo de la LAV Río Tiétar - Malpartida de Plasencia", cuya promotora es Ferrovial Construcción, SA, a ejecutar en el término municipal de Malpartida de Plasencia. Expte.: IA22/0698.
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NÚMERO 11
Martes 17 de enero de 2023
4151
torial en el que informa de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento territorial
vigente de Extremadura, al no detectar afección a ningún instrumento de ordenación
territorial, al tiempo que no prevé, desde el punto de vista de la ordenación territorial
de Extremadura, efectos significativos sobre el medio ambiente.
— Con fecha 16 de diciembre de 2022, el Servicio de Conservación de la Naturaleza de la
DGS emite Informe de Afección a la Biodiversidad favorable, manifestando que la actividad solicitada no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos
en la Red Natura 2000 ni al Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, siempre que se
cumplan una serie de medidas y condiciones que se incluyen en el condicionado del
presente informe.
Las actividades solicitadas no se encuentran incluidas dentro de lugares de la Red Natura 2000. Las actividades no se encuentran incluidas dentro de otras Áreas Protegidas
de Extremadura.
Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son:
– Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos (Cód. U.E. 5330). Hábitat de interés
comunitario incluido en el anexo I de la Directiva Hábitats e incluido como elemento
clave en el anexo V del Decreto 110/2015, de 19 de mayo. Afección por alteración de
hábitat. Afección de degradación por eliminación.
3. Análisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del
título I, según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Características del proyecto.
La actividad consiste en el depósito definitivo de 89.935 m3 de tierras excedentes procedentes exclusivamente de la obra de la LAV Madrid – Extremadura, generados en las
excavaciones y desmontes para construir la plataforma de la obra del tramo Río Tiétar –
Malpartida de Plasencia, los cuales no pueden ser reutilizados y aprovechados en tal obra.
El emplazamiento para el depósito se llevará a cabo sobre una zona de vaguada en la
parcela 53 del polígono 30 del término municipal de Malpartida de Plasencia, sobre una
superficie de 2,05 ha, y de 8,20 m de desnivel.
Martes 17 de enero de 2023
4151
torial en el que informa de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento territorial
vigente de Extremadura, al no detectar afección a ningún instrumento de ordenación
territorial, al tiempo que no prevé, desde el punto de vista de la ordenación territorial
de Extremadura, efectos significativos sobre el medio ambiente.
— Con fecha 16 de diciembre de 2022, el Servicio de Conservación de la Naturaleza de la
DGS emite Informe de Afección a la Biodiversidad favorable, manifestando que la actividad solicitada no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos
en la Red Natura 2000 ni al Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, siempre que se
cumplan una serie de medidas y condiciones que se incluyen en el condicionado del
presente informe.
Las actividades solicitadas no se encuentran incluidas dentro de lugares de la Red Natura 2000. Las actividades no se encuentran incluidas dentro de otras Áreas Protegidas
de Extremadura.
Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son:
– Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos (Cód. U.E. 5330). Hábitat de interés
comunitario incluido en el anexo I de la Directiva Hábitats e incluido como elemento
clave en el anexo V del Decreto 110/2015, de 19 de mayo. Afección por alteración de
hábitat. Afección de degradación por eliminación.
3. Análisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del
título I, según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Características del proyecto.
La actividad consiste en el depósito definitivo de 89.935 m3 de tierras excedentes procedentes exclusivamente de la obra de la LAV Madrid – Extremadura, generados en las
excavaciones y desmontes para construir la plataforma de la obra del tramo Río Tiétar –
Malpartida de Plasencia, los cuales no pueden ser reutilizados y aprovechados en tal obra.
El emplazamiento para el depósito se llevará a cabo sobre una zona de vaguada en la
parcela 53 del polígono 30 del término municipal de Malpartida de Plasencia, sobre una
superficie de 2,05 ha, y de 8,20 m de desnivel.