Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022063832)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2023 de las ayudas para el fomento del asociacionismo comercial.
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NÚMERO 10
Lunes 16 de enero de 2023

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f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en cuanto puedan ser objeto de las actuaciones de
comprobación y control.
g) Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado en relación con todas las transacciones realizadas con la operación, a fin de garantizar la
adecuada justificación de la subvención, todo ello sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional.
h) Cualesquiera otras que vengan establecidas en la normativa general de subvenciones o
en la resolución de concesión.
Decimosexto. Incumplimiento de condiciones y graduación de su alcance.
1. Procederá la declaración de incumplimiento y, en su caso, la pérdida total o parcial de la
subvención concedida o reintegro total o parcial de la subvención percibida, y la exigencia
del interés de demora devengado desde el momento efectivo del pago de la subvención
hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de la obligación de justificación.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión en los datos suministrados por la entidad
beneficiaria que hayan servido de base para la concesión u ocultando aquellas que lo
hubieran impedido.
c) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
d) Incumplimiento de las condiciones impuestas a las entidades beneficiarias en la resolución de concesión.
e) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión contenidas en los
apartados 4 y 5 del artículo 17 de la presente resolución.
f) Cualesquiera otras que vengan establecidas en las bases reguladoras, en la resolución
de concesión o en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Si los gastos acreditados fueran de menor importe a los del presupuesto inicial con base al
cual se concedió la ayuda, siempre y cuando se cumpla la finalidad para la cual fue otorgada, se procederá a la disminución proporcional de la ayuda concedida. Se entenderá que
existe incumplimiento de la finalidad para la cual se otorgó la ayuda cuando el gasto justificado, computable a efectos de liquidación de la subvención, no alcanzara el 50 % del total