Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. (2022063832)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2023 de las ayudas para el fomento del asociacionismo comercial.
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NÚMERO 10
Lunes 16 de enero de 2023

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d) Si la asociación de comerciantes no dispone de cuenta activa en el Sistema de Terceros
de la Junta de Extremadura, deberá aportar “Alta de Terceros” debidamente cumplimentada, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 6 de julio de 2005 por la que
se regula la gestión del Subsistema de Terceros en el Sistema de Información Contable
de la Administración de la Junta de Extremadura. A través de la Sede Electrónica
(http://sede.gobex.es/SEDE/ apartado “Trámites”) se podrá formular la Solicitud Telemática de Terceros para el alta y/o baja de cuentas.
Decimocuarto. Concurrencia de subvenciones.
1. Las subvenciones recogidas en la presente resolución de convocatoria serán incompatibles con cualquier otra clase de subvenciones, ayudas o ingresos obtenidos para la misma
finalidad.
2. L
 as entidades solicitantes deberán comunicar la obtención de otras subvenciones que financien las actividades para las que solicitan la ayuda, conforme a lo establecido en el
anexo IV.
Decimoquinto. Obligaciones de la entidad beneficiaria.
La concesión de la ayuda implica la aceptación, por parte de la entidad beneficiaria, de las
siguientes obligaciones:
a) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero que realice el órgano
gestor de las ayudas, la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Certificación, la Autoridad
de Auditoría, el Organismo Intermedio, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control
de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido
en la normativa aplicable a la gestión de ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios,
aportando para ello cuanta información le sea requerida.
b) Realizar las actuaciones de conformidad con la documentación presentada en la solicitud.
c) Comunicar al órgano instructor y de ordenación, en el momento en que se produzca,
cualquier eventualidad sobrevenida en la actividad o proyecto subvencionado y que
afecte a su realización.
d) Admitir las medidas de evaluación y seguimiento que sobre la aplicación de las cantidades concedidas se efectúen por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
e) D
 isponer de los estados contables y registros legalmente exigidos, con la finalidad de
garantizar el adecuado ejercicio de facultades de comprobación y control.