Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Artesanía. Ayudas. (2023040008)
Decreto 164/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la mejora de la competitividad del sector artesano de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
49 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 10
Lunes 16 de enero de 2023
3704
de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para
la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (DOE núm. 45, de 8 de
marzo), las presentes bases reguladoras incorporarán la primera convocatoria de las mismas
y se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno.
Para la elaboración de estas bases reguladoras se han tenido en cuenta las disposiciones de
la Ley 8/2011, 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de
género en Extremadura y de la Ley Orgánica 31/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
El presente decreto cumple con los principios de buena regulación, de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia previstos en el artículo 129
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Adminis
traciones Públicas.
Así, se cumple con los principios de necesidad y eficacia, al estar la iniciativa normativa justi
ficada por la necesidad de establecer unas nuevas bases reguladoras para la concesión de las
subvenciones como apoyo a la mejora de la competitividad de la pequeña y mediana empresa
artesana de Extremadura, con vistas a reforzar su crecimiento sostenible, a través de la mejora de los procesos de producción, la implementación de soluciones tecnológicas avanzadas
y el incremento de la eficiencia energética.
El presente decreto es también una medida alineada con la política de la Junta de Extremadura ante el reto demográfico y territorial. En este sentido, hay lugar para apelar a la Estrategia
ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, aprobada por Decreto 32/2022, de 30
de marzo, en particular en cuanto a la necesidad de apoyar la ejecución de programas de crecimiento y diversificación de la actividad económica impulsando empresas líderes en el ámbito
rural, así como el apoyo a la realización de planes individuales de innovación en procesos y
diseño en ámbitos como agroalimentación, turismo, servicios, artesanía y comercio local.
Asimismo, la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial
de Extremadura, recoge en varios de sus artículos la importancia promocionar la artesanía.
Por todo ello, en virtud de lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones que me confiere
el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el artículo 24 del Decreto-Ley 3/2021, de 3
de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a propuesta del Consejero
de Economía, Ciencia y Agenda Digital y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su
sesión de fecha 30 de diciembre 2022,
Lunes 16 de enero de 2023
3704
de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para
la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (DOE núm. 45, de 8 de
marzo), las presentes bases reguladoras incorporarán la primera convocatoria de las mismas
y se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno.
Para la elaboración de estas bases reguladoras se han tenido en cuenta las disposiciones de
la Ley 8/2011, 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de
género en Extremadura y de la Ley Orgánica 31/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
El presente decreto cumple con los principios de buena regulación, de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia previstos en el artículo 129
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Adminis
traciones Públicas.
Así, se cumple con los principios de necesidad y eficacia, al estar la iniciativa normativa justi
ficada por la necesidad de establecer unas nuevas bases reguladoras para la concesión de las
subvenciones como apoyo a la mejora de la competitividad de la pequeña y mediana empresa
artesana de Extremadura, con vistas a reforzar su crecimiento sostenible, a través de la mejora de los procesos de producción, la implementación de soluciones tecnológicas avanzadas
y el incremento de la eficiencia energética.
El presente decreto es también una medida alineada con la política de la Junta de Extremadura ante el reto demográfico y territorial. En este sentido, hay lugar para apelar a la Estrategia
ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, aprobada por Decreto 32/2022, de 30
de marzo, en particular en cuanto a la necesidad de apoyar la ejecución de programas de crecimiento y diversificación de la actividad económica impulsando empresas líderes en el ámbito
rural, así como el apoyo a la realización de planes individuales de innovación en procesos y
diseño en ámbitos como agroalimentación, turismo, servicios, artesanía y comercio local.
Asimismo, la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial
de Extremadura, recoge en varios de sus artículos la importancia promocionar la artesanía.
Por todo ello, en virtud de lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones que me confiere
el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, así como el artículo 24 del Decreto-Ley 3/2021, de 3
de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a propuesta del Consejero
de Economía, Ciencia y Agenda Digital y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su
sesión de fecha 30 de diciembre 2022,